Inai y Condusef elaboraron una guía para corregir las malas prácticas y excesos
Lunes 28 de marzo de 2016, p. 27
El Instituto Nacional de Transparencia y Acceso a la Información (Inai) y la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) establecieron que los despachos jurídicos o las entidades financieras que realicen cobranzas extrajudiciales deberán adoptar medidas que garanticen la protección de los datos personales de los deudores, quienes son titulares de su información.
A través de la Guía para orientar el debido tratamiento de datos personales en la actividad de cobranza extrajudicial, se pretende corregir las malas prácticas que se han desprendido de este tipo de procedimientos realizados por empresas contra sus deudores. De acuerdo con el seguimiento de la Condusef de las inconformidades basadas en los excesos cometidos en estas cobranzas, entre 2007 y 2014 se han recibido al menos 200 mil quejas de usuarios.
Aunque el documento elaborado conjuntamente parte del reconocimiento de que este esquema de cobranza extrajudicial es una actividad determinante para la recuperación de las deudas
, y que pasa necesariamente por la utilización de los datos personales de los deudores, es claro también que se deben asumir procedimientos que no transgredan los derechos de los deudores.
Es por ello que para que se lleve a cabo con éxito, es fundamental que tanto el responsable de los datos (la entidad financiera o comercial), como en su caso el encargado de éstos (despacho de cobranza) realicen una adecuada gestión de los datos personales
, se destaca.
Para el Inai y la Condusef el adecuado tratamiento de los datos personales permite hacer más eficiente la cobranza extrajudicial, pues no sólo mantiene seguros los datos personales, sino que los conserva actualizados, completos, pertinentes y correctos, y garantiza que los mismos se almacenen por el plazo que resulte necesario
.
El documento, que puede ser consultado en el portal del Inai, se basa en diversas disposiciones ya contenidas en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares y en otro documento denominado Guía para cumplir con los principios y deberes de esta legislación.
En los hechos, es el segundo documento que el Inai emite al respecto, pues ya en 2014 había dado a conocer otro relacionado con este tipo de cobranzas extrajudiciales, donde hacía énfasis en la protección de los denominados derechos Arco de los ciudadanos (acceso, rectificación, cancelación y oposición al uso de sus datos personales).
En ese documento se destacaba la importancia de dejar claramente delimitadas las responsabilidades en la protección de datos personales entre las empresas financieras y los despachos jurídicos utilizados para la cobranza de esos recursos.
La distribución de responsabilidades en el manejo de los datos personales es imperativa como garantía de su protección, toda vez que su manejo debe realizarse con la confidencialidad necesaria y, en su caso, abstenerse de transferir a otras instancias esta información.