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Reos que buscan su libertad se amparan contra examen sicológico
 
Periódico La Jornada
Viernes 8 de abril de 2016, p. 10

Entre el 30 de marzo de 2016 y el pasado 5 de abril los tribunales y juzgados del Poder Judicial federal recibieron al menos 76 demandas de amparo en todo el país, manifestando la inconstitucionalidad del examen sicológico y de personalidad que se aplica a los procesados por algún delito penal, de acuerdo con registros judiciales.

El pasado 30 de marzo la primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) amparó a un narcomenudista de Nayarit contra el artículo 84 del Código Penal Federal, que sujeta la preliberación al cumplir tres quintas partes de la condena a exámenes que prueben que el reo está readaptado y que puede reingresar a la sociedad sin riesgo de que cometa más delitos.

La mayoría de los amparos que se han presentado en cascada en los días pasados alegan violaciones a cuatro artículos de la Constitución mexicana y a diversos tratados internacionales que protegen derechos humanos.

Los ministros de la primera sala determinaron que, a partir de una reforma de 2011, el artículo 18 constitucional se refiere a la reinserción social, un concepto que abandonó categorías morales y sicológicas del sistema previo de readaptación social.

El paradigma del artículo 18 constitucional no pretende evaluar elementos que califiquen la condición sicológica del sentenciado, dice la sentencia de la Corte.

Añade que un beneficio preliberacional debe apoyarse en los resultados del respeto a los derechos humanos, el trabajo, la educación, la salud y el deporte; la reinserción social no puede depender de un cambio sicológico o de forma de pensar y de sentir del interno.