Viernes 8 de abril de 2016, p. 10
Entre el 30 de marzo de 2016 y el pasado 5 de abril los tribunales y juzgados del Poder Judicial federal recibieron al menos 76 demandas de amparo en todo el país, manifestando la inconstitucionalidad del examen sicológico y de personalidad que se aplica a los procesados por algún delito penal, de acuerdo con registros judiciales.
El pasado 30 de marzo la primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) amparó a un narcomenudista de Nayarit contra el artículo 84 del Código Penal Federal, que sujeta la preliberación al cumplir tres quintas partes de la condena a exámenes que prueben que el reo está readaptado y que puede reingresar a la sociedad sin riesgo de que cometa más delitos.
La mayoría de los amparos que se han presentado en cascada en los días pasados alegan violaciones a cuatro artículos de la Constitución mexicana y a diversos tratados internacionales que protegen derechos humanos.
Los ministros de la primera sala determinaron que, a partir de una reforma de 2011, el artículo 18 constitucional se refiere a la reinserción social, un concepto que abandonó categorías morales y sicológicas
del sistema previo de readaptación social.
El paradigma del artículo 18 constitucional no pretende evaluar elementos que califiquen la condición sicológica del sentenciado
, dice la sentencia de la Corte.
Añade que un beneficio preliberacional debe apoyarse en los resultados del respeto a los derechos humanos, el trabajo, la educación, la salud y el deporte; la reinserción social no puede depender de un cambio sicológico o de forma de pensar y de sentir del interno
.