El máximo tribunal examina negar un amparo a ex alumno
Martes 10 de mayo de 2016, p. 35
Las universidades autónomas están facultadas para autogobernarse y autorregularse, para determinar sus planes y programas
y establecer los plazos máximos para que los alumnos concluyan los planes de estudio establecidos.
Así lo señala el proyecto de dictamen que analizará la segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en fecha próxima, en el que se propone negar un amparo a un ex estudiante de la Universidad Autónoma Metropolitana (UAM) que impugna el plazo máximo de 10 años y una posible extensión de dos, para concluir sus estudios.
El quejoso presentó su demanda en contra de actos del Colegio Académico de la UAM por la expedición del reglamento de estudios superiores de dicha institución, así como por la autorización de planes y programas de estudio; la omisión de impartir trimestres de licenciatura en periodos sucesivos, y la resolución del 26 de agosto de 2014 donde la autoridad unversitaria le negó la calidad de alumno y le impidió la inscripción al último trimestre para concluir la carrera de economía.
El documento elaborado por el ministro Eduardo Medina Mora señala que, precisamente, la facultad que tiene la UAM para establecer planes y programas constituye un pilar
de la autonomía de la que goza, como es el establecer límites para que los alumnos concluyan estudios.
Además de que la autorregulación de la que goza consiste precisamente en aprobar las normas que la regirán, lo que se traduce necesariamente en la aprobación y emisión de su propia legislación, la creación de sus órganos de gobierno
para impartir una educación de calidad.