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No Sólo de Pan...

De conceptos

C

omo todo mundo sabe ya, aunque no desde hace mucho, la nutrición tiene que ver con la biología y la alimentación con la cultura. En este tema, quisiéramos que también fuesen introducidos por los analistas los conceptos de comer social y de alimentación pública (Cfr. Iturriaga, Y.E., El comer social y la alimentación pública, propuesta teórico metodológica, INDA, México, junio 2009), cuya definición respectiva permitiría profundizar en el fenómeno más importante de la historia, el presente y el devenir de la humanidad, fenómeno en el que se imbrican todos los demás temas a los que damos importancia preponderante, como son, entre otros, la economía, las nuevas tecnologías o, incluso, las guerras en cuyo trasfondo se encuentra la ambición desmedida por el agua y los territorios que fueran el sustento de las poblaciones hoy desplazadas y sometidas a hambrunas homicidas.

Definimos el comer social como el conjunto de relaciones sociales relativas al acto de comer y a su finalidad: desde los conocimientos y prácticas necesarios para producir, conservar, acondicionar, transportar y distribuir los alimentos entre los consumidores, hasta los saberes necesarios para manipular los alimentos a fin de hacerlos atractivos y digeribles (cocinar), así como los hábitos y tradiciones que regulan los modos del consumo y cuyo objetivo global o finalidad es la perpetuación biológica y cultural de la sociedad. Mientras que la alimentación pública sería el conjunto de políticas públicas puestas en práctica para cumplir con dichos objetivos, incluidos los principios éticos o bien los intereses privados que subyacen a dichas políticas.

Cuando leemos que juzgado y tribunal colegiado de Chetumal y Cancún omiten pronunciarse respecto de la cancelación definitiva del permiso dado a Monsanto para sembrar soya transgénica en tierras de las comunidades mayas y será la Suprema Corte de Justicia de la Nación quien decidirá (La Jornada, 4/10/16, nota de M. Pérez U.) estamos en el campo de una política de alimentación pública que desde hace al menos 30 años, privilegia los intereses privados, nacionales y trasnacionales, por directivas llegadas desde el extranjero y concretamente de los organismos económicos internacionales.

En cambio, cuando la organización nacional El Poder del Consumidor vuelve a la carga contra el consumo inducido de la Coca-Cola que alcanza los 180 litros per cápita al año en México (más que en Estados Unidos), apoyado por un vocero de la Asociación Mexicana de Cardiología en el sentido de que las bebidas azucaradas son la principal causa de diabetes y es de esta enfermedad que muere hoy más de la tercera parte de los mexicanos y tendrán la misma causa la mitad de los decesos dentro de quince años, señalando cómo las empresas refresqueras pagan académicos e investigadores de instituciones prestigiadas del mundo y particularmente de Estados Unidos, para desmentir el efecto del azúcar y de sus substitutos químicos en la salud humana (La Jornada, 20/09/2016, nota de C. Arellano G.) estamos en el campo del comer social, donde se enfrentan las buenas o adecuadas y las malas o inaceptables prácticas que surgen dentro de las relaciones sociales relativas al acto de comer y a su finalidad, que en última instancia, repetimos, es la perpetuación biológica y cultural de la sociedad.

No estaría de más, insistimos, dar un lugar prioritario a las definiciones conceptuales que permiten a los interlocutores hablar de lo mismo cuando debaten y, por ende, facilitar sus conclusiones en un entendimiento basado en la buena fe, porque cuando hay mala fe no importan la precisión del lenguaje ni los principios. Pero, para saber si en los debates que conciernen las políticas de alimentación pública, efectuados en las cámaras legislativas federal y de los estados, hay buena o mala fe, principios éticos o intereses privados de los legisladores, no estaría de más colaborar en la redacción de las iniciativas de ley con definiciones de conceptos y léxicos precisos, que impidan las desviaciones voluntarias o no de normas y preceptos. Lo que, desgraciadamente, no fue posible hacer, por oposición de algún académico y especialistas internacionales, durante la redacción de la Ley General del Derecho a la Alimentación correspondiente al artículo 4º constitucional, propuesta por la LXII Legislatura y que, por cierto, sigue durmiendo en algún cajón de la LXIII.