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Ante la SCJN expone argumentos para invalidar reforma

Impugna Morena la ampliación de periodos para magistrados electorales
 
Periódico La Jornada
Domingo 6 de noviembre de 2016, p. 11

Morena interpuso ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) una acción de inconstitucionalidad en contra de la reforma que amplió las gestiones de cuatro magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

El documento de 66 páginas, suscrito por el presidente nacional del partido, Andrés Manuel López Obrador, menciona cinco motivos por los cuales se debe invalidar esta norma, entre ellos la reforma a un artículo transitorio que dejó de estar vigente en cuanto fueron designados los siete magistrados, ya en funciones.

Recibido ayer en la SCJN, el escrito –del cual tiene copia este diario– sigue un camino cuesta arriba. En principio, se tendrá que admitir la acción de inconstitucionalidad, lo que es muy probable por tratarse de un tema electoral, y si esto ocurre, serán necesarios ocho votos favorables de los 11 ministros para declarar la invalidez de dichas normas, según el artículo 105 de la Constitución.

Con la presentación de este juicio, se confirma el panorama legal incierto que enfrentan cuatro magistrados de la sala superior, quienes rindieron protesta en dos ocasiones en el Senado de la República, porque la norma se modificó en un proceso fast track, bautizado por ciudadanos como una ley de cuates y cuotas.

Los magistrados Felipe Alfredo Fuentes y Reyes Rodríguez fueron electos originalmente para un periodo de seis años y fungirán ocho para concluir el 31 de octubre de 2024, mientras Indalfer Infante y José Luis Vargas fueron designados por tres años y estarán en sus cargos por siete años, hasta el 31 de octubre de 2023.

Por acuerdos políticos de PRI-PAN, el PRD y el PVEM, un decreto vigente desde 2008 se modificó el pasado 3 de noviembre, lo que según Morena contraviene una decena de artículos de la Constitución y otros cinco de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Dichas modificaciones, afirma, se hicieron de manera caprichosa y arbitraria por el concurso de una mayoría temporal de legisladores en la lógica de las cuotas partidarias, rompiendo con un mandato relativo a la elección escalonada de los magistrados.

Otro motivo de disenso es que los cambios se hicieron ex profeso para beneficiar a personas con nombres y apellidos, pese a que el artículo 13 de la Constitución plantea que toda ley debe ser impersonal, general y abstracta.

También impugna la exclusión de la SCJN, que emitió la convocatoria con los periodos originales de duración de los encargos y luego eligió a los integrantes de las siete ternas enviadas al Senado.

Alude además al silencio de los cuatro magistrados beneficiados que no rechazaron la reforma pese a que otros ciudadanos desearían participar en un proceso de elección para ser sus sucesores de aquí a tres o seis años (y no de aquí a siete y ocho años), pero les será impedido por la sencilla razón de que seguirán de manera espuria en dichos cargos.