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Amparan a firmas contra la Sectur
 
Periódico La Jornada
Sábado 25 de marzo de 2017, p. 24

La segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) amparó a dos empresas prestadoras de servicios turísticos en contra de tres reglamentos emitidos por la Secretaría de Turismo (Sectur) que las obligan a inscribirse en el Registro Nacional de Turismo.

La sala resolvió que la Sectur carece de facultades para determinar el catálogo de prestadores de servicios turísticos obligados a inscribirse en el registro, como lo hizo en los acuerdos publicados en 2016 en el Diario Oficial de la Federación.

Estipuló que el Presidente de la República indebidamente delegó en favor del secretario de Turismo la potestad para determinar en forma específica a los prestadores de servicios turísticos obligados a inscripción en el registro.

Los ministros concedieron amparos a Hotel Royal Plaza y a la agencia de viajes Promociones Turísticas Nacionales.