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La SCJN tiene la oportunidad de resolver sobre su alcance y tutela, sostienen

Garantizar derechos de las audiencias, demandan los consejeros del IFT

Son clave para impedir monopolios de opinión, pero los diputados pretenden reformar la ley

 
Periódico La Jornada
Viernes 7 de abril de 2017, p. 7

Los derechos de las audiencias son clave para impedir monopolios de la opinión pública, pero en la Cámara de Diputados se pretende modificarlos con una nueva reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR), advirtieron los seis comisionados del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), incluido el presidente del organismo, Gabriel Contreras.

Ante las descalificaciones emitidos por algunos legisladores contra el IFT, reiteraron que el organismo ha actuado en todo momento conforme a su mandato constitucional y cumpliendo a cabalidad con lo ordenado en la ley por el propio Congreso de la Unión.

Consideraron que las controversias constitucionales que la Presidencia y el Senado presentaron contra los lineamientos que, en cumplimiento de la ley, emitió el IFT sobre los derechos de las audiencias, representan una oportunidad muy valiosa para que la Suprema Corte de Justicia de la Nación resuelva sobre el alcance y tutela efectiva de los mismos, de acuerdo con la Constitución y los tratados internacionales suscritos por México.

El derecho de las audiencias está reconocido en el artículo sexto de la Constitución y dispone que la ley establecerá los mecanismos para su protección, puntualizaron en un comunicado los comisionados Gabriel Oswaldo Contreras Saldívar, Adriana Sofía Labardini Inzunza, María Elena Estavillo Flores, Mario Germán Fromow Rangel, Adolfo Cuevas Teja y Javier Juárez Mojica.

Este reconocimiento fue motivado por el Constituyente Permanente, en la necesidad de una adecuada protección del derecho a la información. Incluso, en los foros públicos efectuados por el Senado de la República durante el proceso de reforma, se consideraron clave los derechos de las audiencias para impedir monopolios de la opinión pública.

Aún así, manifestaron que el IFT respeta la facultad del Congreso para reformar la ley y adoptar, en su caso, un nuevo modelo de protección de derechos de las audiencias.

Tratándose de derechos finalmente reconocidos en nuestro marco constitucional después de un amplio consenso social, confiamos en que esta facultad será ejercida con responsabilidad, objetividad y transparencia, privilegiando en todo momento la tutela efectiva de estos derechos, acotaron.

Sentenciaron que la normatividad, sea del Congreso de la Unión o del IFT, debe asegurar mecanismos para la protección y garantía efectivas de los derechos de las audiencias, porque de lo contrario se apartaría de lo ordenado por la Carta Magna.