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El INE ordenó hace unos días suspender su emisión

EL TEPJF permite difusión de dos promocionales de Morena en Veracruz
 
Periódico La Jornada
Viernes 12 de mayo de 2017, p. 12

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) dio marcha atrás al acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE) que había ordenado retirar del aire dos promocionales difundidos en Veracruz, argumentando que aparecía de manera preponderante el dirigente nacional de Morena, Andrés Manuel López Obrador.

En sesión privada efectuada el miércoles, los magistrados de la Sala Superior corrigieron la plana a la Comisión de Quejas y Denuncias del instituto al determinar que los anuncios Hagamos historia y Espuma no violan la normativa electoral.

La Comisión de Quejas y Denuncias había retirado ambos promocionales por tres razones: la imagen, voz y alusiones personales de Andrés Manuel López Obrador tenían un papel preponderante, no están orientados a promover las candidaturas de Morena en Veracruz y existe una sobrexposición del presidente nacional de Morena.

Los magistrados resolvieron, por unanimidad, que la finalidad de la propaganda de campaña es promover una candidatura, solicitar el voto, difundir una plataforma electoral o propuesta determinada, pero eso no significa que en todo momento deben aparecer necesariamente los candidatos como figura protagónica.

Consideraron que en los dos promocionales de Morena: se hace referencia expresa al proceso electoral de Veracruz, contienen un discurso de campaña, mediante el cual se invita a votar el 4 de junio, y los discursos emitidos por López Obrador sobre temas de corrupción forman parte de los problemas abordados en los documentos básicos de Morena.

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) se mostró menos restrictivo que en una resolución anterior, mediante la cual retiró un anuncio de López Obrador porque no aparecía la candidata de Morena a la gubernatura del estado de México, Delfina Gómez.

Esta vez los magistrados plantearon en su sentencia que los partidos políticos pueden emplear una estrategia publicitaria que no busque utilizar la imagen de los candidatos como su figura central, sino que se centre en la deliberación en torno a temas de interés general, sino que se centre en la deliberación en torno a temas de interés general, problemáticas sociales o crítica a contextos electorales, gobiernos o candidaturas.

No obstante, también confirmaron antier el retiro del espot Estados cambio, en el que figura también el presidente nacional de Morena, y fue pautado para las elecciones extraordinarias en Santa María Xadani, en Oaxaca.

Los magistrados cuestionaron que dicha propaganda no hace alusión a las elecciones que tendrán lugar en ese municipio oaxaqueño, sino a las del estado de México, Coahuila, Nayarit y Veracruz.