La Cofemer pidió a la Semarnat más información sobre algunos puntos y le solicitó cambios
Miércoles 12 de julio de 2017, p. 32
La norma 167 de verificación vehicular que debía entrar en vigencia a partir del primero de julio, no se ha publicado en el Diario Oficial de la Federación, pues la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (Cofemer) pidió a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) más información sobre algunos requerimientos que plantea la regulación y le solicitó hacer modificaciones.
En diciembre pasado la norma emergente de verificación vehicular fue prorrogada seis meses más, por lo que su vigencia concluyó el 30 de junio, y aunque no está lista la regulación definitiva; los programas de verificación vehicular obligatoria para el segundo semestre de este año en los seis estados de la región deberán continuar con la aplicación de los criterios de esa norma, de acuerdo con la Comisión Ambiental de la Megalópolis.
Entre los puntos que la Co- femer cuestionó a la Semar- nat se encuentra el requerimiento planteado en el artículo sex- to transitorio acerca de que las autoridades responsables de los programas de verificación obligatoria podrán requerir la aplicación de métodos de prue- ba señalados en la norma para efectos estadísticos
. Ante ello, pidió a la dependencia más información sobre la necesidad de establecer esta medida y de qué forma puede ayudar a conseguir las metas de la regulación.
Inconforme, el sector automotriz
Las asociaciones mexicanas de la Industria Automotriz (Amia) y de Distribuidores de Automóviles (Amda) en comentarios enviados durante el periodo de consulta de la norma, expresaron inconformidad con la última versión, pues se incluyó ese punto. Con esto, los vehículos ligeros nuevos que quedan exentos por dos años de la verificación vehicular deberán ser sometidos a pruebas para fines estadísticos
, lo cual, consideraron, representa una carga para el particular.
El pasado 22 de junio, la Cofemer envió a la Semarnat un dictamen total no final
del anteproyecto de la norma que fija los límites máximos permisibles de emisión de contaminantes para vehículos automotores de la Ciudad de México, Hidalgo, algunos municipios del estado de México, Morelos, Puebla y Tlaxcala.
En ese documento pidió a la dependencia la justificación de las disposiciones sobre el procedimiento de evaluación de la norma, así como de cuatro artículos transitorios, pues en el anteproyecto de legislación sólo aparecen descritas las disposiciones, pero no se da información de por qué son necesarias.
También soliciitó a la Semarnat evaluar y cuantificar los costos de los sujetos obligados a dar cumplimiento a la norma, pues los dueños de verificentros deberán erogar alrededor de 62 mil pesos para adquirir el escáner que se requiere para realizar la prueba.
La Semarnat refirió que la norma estipula mecanismos que fortalecen la transparencia y confiabilidad en el proceso de verificación, como la homologación de los métodos de prueba y los niveles máximos de emisiones
. También establece una base de datos con información de los estados para detectar irregularidades en los centros de verificación.