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Presenta CNDH recurso contra reforma penal de Guanajuato
Corresponsal
Periódico La Jornada
Viernes 25 de agosto de 2017, p. 8

León, Gto.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) recibió un recurso, promovido por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), para declarar inconstitucional una reforma al Código Penal del Estado de Guanajuato que estipula que no es punible asesinar o lesionar a la persona que ingrese ilegalmente a una vivienda.

Al respecto, el gobernador de Guanajuato, Miguel Márquez Márquez, dijo que los poderes Ejecutivo y Legislativo deben esperar la resolución que adopte la SCJN.

“Lo que decidan (los ministros) lo habremos de respetar, como manifesté en su momento, cuando viene esta iniciativa al Congreso, la aprueban y la publico (en el Diario Oficial del Estado)”, respetando la decisión de los legisladores, señaló el mandatario.

Agregó que los ciudadanos pueden tener armas en su vivienda y el fundamento del Congreso fue derivado de la impunidad: se detiene al ladrón y vuelve a salir, una, dos, tres, 10 veces. Por eso se hizo la reforma, para que pueda protegerse quien habite el inmueble en caso de que peligre su vida.

Por su parte, el titular de la Procuraduría de los Derechos Humanos de Guanajuato (PDHG), Raúl Montero de Alba, recordó que la demanda de inconstitucionalidad 97/2017 se suma a las tramitadas contra las reformas aprobadas por los congresos de Morelos y Nuevo León.

La acción promovida por la CNDH aborda temas delicados por su propia trascendencia y naturaleza; como la protección de las víctimas del delito, así como el derecho a la vida e integridad física de las personas, todos ellos reconocidos por la Constitución y tratados internacionales, señaló el ombudsman del estado en un comunicado.

Agregó que el recurso de la CNDH es una oportunidad para que el tema sea discutido públicamente por expertos y que puedan surgir resultados que deriven en la protección integral de los derechos humanos.

El 29 de junio, el Poder Legislativo del estado reformó el Código Penal para legalizar la legítima defensa y excluir de responsabilidad a los ciudadanos que maten o lesionen a un ladrón que ingrese a su casa.

Por unanimidad se adicionó la fracción XI al artículo 33 del Código Penal, la cual señala que el delito se excluye cuando se obre en defensa de bienes jurídicos, propios o ajenos, con la agresión ilegítima por intrusión actual a casa habitación.

El dictamen de la Comisión de Justicia señalaba que el propósito de la iniciativa es eximir de reproche penal tal conducta, aun cuando se incurra en exceso. Agrega que hay coincidencia en que existe un reclamo social por atender las agresiones que se dan dentro de una casa.