No es una ley, sino una norma general, argumenta
piso parejo
Viernes 25 de agosto de 2017, p. 10
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó por notoria improcedencia
la solicitud del PRI para que analizara la constitucionalidad de las reglas del llamado piso parejo
aprobadas por el Instituto Nacional Electoral (INE).
En julio pasado, el organismo electoral aprobó los lineamientos que garantizan la equidad entre los contendientes para los comicios del año próximo y ante ello, dirigentes de partidos, gobernadores y actores políticos han promovido más de 300 recursos ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación para que se revisen las normas o, en su caso, se declaren ilegales.
Ayer, por medio de la lista de acuerdos, el máximo tribunal del país dio a conocer su rechazo a la acción de inconstitucionalidad 95/2017, promovida por el presidente nacional del PRI, Enrique Ochoa Reza, por considerar que no es una ley, sino una norma general establecida por el INE.
En este contexto, el dirigente del PRI podría impugnar la decisión con la finalidad de que una de las salas de la SCJN analice nuevamente la procedencia del recurso.
Los lineamientos del piso parejo
prohíben la compra o aprovechamiento de propaganda de manera directa por los aspirantes a cargos de elección popular.