Sugiere a diputados reforma a la Ley de Planeación
Miércoles 13 de septiembre de 2017, p. 19
Será obligatorio para el próximo presidente de la República cumplir las propuestas y proyectos que enuncie en el Plan Nacional de Desarrollo (PND). Enrique Peña Nieto hizo llegar a la Cámara de Diputados una propuesta de reforma de ley para garantizar la coordinación entre instituciones gubernamentales a la hora de aplicar recursos públicos a programas con incidencia social y de defensa derechos humanos.
El Ejecutivo federal envió a San Lázaro una iniciativa de reforma a la Ley de Planeación, con la finalidad de aplicar cambios al marco jurídico relativo al PND, y que el presidente en turno no exponga proyectos, sino hechos derivados de su propuesta sexenal.
El proyecto firmado por el Ejecutivo federal pretende que el Congreso apruebe la planeación nacional de desarrollo y se abra la puerta a la participación de los órganos constitucionales autónomos en la vigilancia del PND en materia de garantías fundamentales, evaluación en materia educativa, competencia económica, telecomunicaciones y política de desarrollo social.
El cuerpo de propuestas incluye la garantía para que en el Plan Nacional de Desarrollo también se asegure el derecho humano a un medio ambiente sano (previsto en el artículo cuarto constitucional), así como de los principios de equidad, inclusión y no discriminación.
Asimismo, las obligaciones del Estado mexicano para promover, respetar y garantizar los derechos humanos reconocidos por la Constitución y los tratados internacionales de los que México sea parte, así como el principio de democracia y la obligación de prever la participación y consulta popular en la planeación nacional de desarrollo, sin que sea restringida a ciertos grupos sociales, sino abierta a toda la sociedad
, refiere la propuesta presidencial.
Los cambios a la Ley de Planeación también otorgarían atribución a la Secretaría de Hacienda para elaborar y someter a consideración del presidente de la República el proyecto de PDN.
Se prevé la facultad del Ejecutivo federal de enviar el Plan Nacional de Desarrollo a la Cámara de Diputados a más tardar el último día hábil de febrero del año siguiente a su toma de posesión, para que dentro de los dos meses posteriores a su recepción emita su aval. En caso de que el órgano legislativo no emita un pronunciamiento sobre la aprobación en el plazo referido, operará la afirmativa ficta.
De aprobarse la iniciativa, los programas sectoriales que elaboren las dependencias deberán ser congruentes con los proyectos especiales que defina el Ejecutivo federal, considerando que para la adecuada coordinación entre las instancias involucradas en la aplicación de las políticas públicas planteadas en proyectos especiales que agrupen a más de un sector, resultará necesario que sus programas sectoriales se alineen a éstos.