Sociedad y Justicia
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Temen que se fomente la ilegalidad para interrumpir un embarazo

Repudian feministas el cambio: va en detrimento de derechos de las mujeres
 
Periódico La Jornada
Miércoles 11 de octubre de 2017, p. 36

La reforma a la Ley General de Salud, aprobada ayer en la Cámara de Diputados, para que médicos y enfermeras puedan negarse a prestar servicios de salud cuando consideren que primero está ejercer su objeción de conciencia por creencias, va en detrimento de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres, afirmaron organizaciones feministas.

Expusieron que es conservadora y obstaculizaría más la plena aplicación de la NOM-046, lo que también orillaría a las mujeres a buscar servicios ilegales para acceder a una interrupción del embarazo.

Católicas por el Derecho a Decidir lamentó que esté permeando la moral conservadora para obstaculizar los derechos sexuales y reproductivos. Aidé García, coordinadora de relaciones interinstitucionales de esa organización, señaló en entrevista que el ejercicio de los derechos debe de estar garantizado, y con el tema de la objeción de conciencia que propuso el Partido Encuentro Social están poniendo barreras para que las mujeres puedan ejercerlos.

Para el Instituto de Liderazgo Simone de Beauvoir la reforma no sólo sobrepone el derecho a la objeción de conciencia de prestadores del servicio de salud al derecho a la persona de acceder a estos servicios, sino que también implica un retroceso grave en materia de derechos sexuales y reproductivos.

Sofía Alessio, coordinadora del programa de Jóvenes por los Derechos Sexuales y Reproductivos del ILSB, dijo en entrevista que este tipo de medidas se consideran porque se cree que se tendrían menos abortos, pero no es cierto. Lo único que hace es que será más difícil acceder a servicios legales y seguros. Y orillaría a las personas a que se practiquen procedimientos que pueden poner en riesgo su vida y su salud.

Para el Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE) esta reforma es una respuesta para tratar de limitar y hacer más complejo el acceso a la NOM 046, que define criterios para la detección, prevención, atención médica y orientación a las víctimas de violencia sexual, en la que se incluye la interrupción legal del embarazo.

Alejandro Galland, de GIRE, agregó que también es una reforma innecesaria a la Ley General de Salud para establecer de manera específica la objeción de conciencia, toda vez que ya en la Constitución como tal se establece en los artículos 5, 6 y 24. Expuso que también generaría confusión dentro del mismo personal de salud.

Añadió que, además, abre la puerta a una medicina basada en impulsos subjetivos, de poco conocimiento científico que va en contra de la razón de ser de la medicina misma.