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Elecciones 2018

Improcedente solicitud de medidas cautelares de Morena

Ordena el INE al PRI retirar espots de Meade por uso indebido de pauta
 
Periódico La Jornada
Sábado 6 de enero de 2018, p. 6

La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral ordenó al Partido Revolucionario Institucional y a su precandidato presidencial, José Antonio Meade, retirar los espots para radio y televisión a escala local, donde emite un mensaje de Año Nuevo, junto con su esposa Juana Cuevas, por uso indebido de la pauta.

Ayer, les dio seis horas para sustituir, ante la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos, los promocionales titulados Año Nuevo V2 y Año en sus versiones para televisión y radio.

Los consejeros electorales Adriana Favela, Claudia Zavala y Benito Nacif consideraron por unanimidad que procedía aplicar la medida cautelar, ya que bajo la apariencia del buen derecho, el partido incluyó indebidamente en la pauta local promocionales correspondientes a la elección federal, en detrimento de la equidad en la contienda, pues los institutos políticos deben usar su tiempo asignado para cada tipo de elección en particular.

La comisión declaró improcedente la adopción de medidas cautelares para el promocional en radio en nueve entidades, porque su vigencia concluyó el 2 de enero. También rechazó que se trate de actos anticipados de campaña.

La comisión también declaró improcedente la solicitud de medidas cautelares del partido Morena por la difusión de contenidos en Internet, donde presuntamente se calumnia al instituto político y a su precandidato presidencial, Andrés Manuel López Obrador.

Indicó que no existen elementos para acreditar la contratación de propaganda en Internet o que se emita un llamado al voto en contra de López Obrador en el video publicado en Youtube, titulado El cielo y el infierno de AMLO, ni tampoco en una página web.