Sábado 6 de enero de 2018, p. 9
Antes del iniciar el último periodo de esta legislatura, que va de febrero a abril, el Senado aprobó reformas a su reglamento interno con el propósito de tramitar con mayor celeridad las iniciativas de ley.
En adelante, las iniciativas deberán especificar en la exposición de motivos su alcance y competencia constitucional, así como su denominación, naturaleza y ámbito de aplicación.
Debido a errores en la presentación de iniciativas, en los pasados tres años se debieron desechar 89 proyectos presentados por senadores de todas las fuerzas políticas.
La modificación a diversos artículos del Reglamento del Senado incluye que en el caso de nuevas leyes se debe distinguir los artículos que tengan un fin general o federal y en el artículo primero de cada ordenamiento señalar su alcance y competencia constitucional.
Asimismo, se norma la tramitación de las iniciativas preferentes, aquellas que puede enviar el Presidente de la República al inicio de cada periodo de sesiones.
Se establece que la comisión de trabajo a la que se haya remitido la iniciativa preferente deberá remitir su opinión a la dictaminadora en un plazo máximo de 10 días naturales, de lo contrario se entenderá que declina.
Sin embargo, en el dictamen se señala la necesidad de aprobar una ley reglamentaria que garantice que las iniciativas que el Ejecutivo federal señale como preferentes serán dictaminadas cumpliendo las condiciones y tiempos instaurados en la Constitución y en la Ley Orgánica del Congreso.