Debe tener carácter institucional y fines informativos, determinan legisladores
Lunes 2 de abril de 2018, p. 17
La Comisión de Gobernación de la Cámara de Diputados emitió el dictamen con proyecto de decreto de la Ley General de Comunicación Social, la cual regulará la publicidad del Estado, determinará su contenido e indicará los criterios para la adquisición de la misma, sobre la premisa de honradez y la fiscalización de los recursos públicos en esta materia.
El documento es el resultado de ocho iniciativas presentadas por diversos legisladores, y la evolución del concepto en 11 años, y establece que se sujetará el gasto en comunicación social a criterios de eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez
, así como a los topes presupuestales, límites y condiciones que se establezcan en los presupuestos de egresos.
Además se delimita el contenido de la propaganda gubernamental a un carácter institucional y con fines informativos y de orientación social, sin que se incluyan en la misma nombres o imágenes que impliquen una promoción personalizada de algún servidor público, y determina que en tiempos electorales deberá suspenderse la difusión de la información oficial.
Es decir, se crea un nuevo régimen de responsabilidades entre los servidores públicos en materia de comunicación social y se asientan los límites claros respecto a su uso, se reafirma el carácter de la publicidad gubernamental como un deber del Estado y se manifiesta la equidad en la contienda electoral.
El dictamen detalla que se incluye un apartado para la revisión y fiscalización de los recursos públicos en materia de comunicación social, así como otro específico para la transparencia y rendición de cuentas, a efecto de que pueda verificarse el cumplimiento de dichos criterios.
Respecto a garantizar la libertad de expresión y evitar un uso arbitrario y discrecional de la repartición de la publicidad oficial, expone que es necesario informar sobre las erogaciones que se harán en la materia y que los gobernantes orienten el ejercicio del gasto público hacia el bienestar social, con respeto a la dignidad humana, libertad y no discriminación.
Además, indica que se establecerá un padrón de medios de comunicación que pueda ser consultable de manera pública, con la puntualización de que “no por el solo hecho de ser medio de comunicación, conlleva el derecho para que se le asignen recursos estatales en la contratación de publicidad oficial, pues ello no se desprende ni de la libertad de expresión, ni de ninguna otra disposición constitucional
.
Por último, detalla que con la expedición de esta ley se da continuidad a la tercera generación de reformas en materia electoral, lo que permite la equidad en la contienda.