viciosen alianzas para cargos en Chiapas
Viernes 11 de mayo de 2018, p. 8
Al resolver sendos recursos interpuestos contra la legalidad de las coaliciones denominadas Todos por Chiapas –que conforman PRI, PVEM y Nueva Alianza, así como dos partidos locales– y Por México al Frente (PAN, PRD y MC), que fueron impugnadas por diversos actores, en votación dividida, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó que en su integración incurrían en algún vicio de ilegalidad, por lo que fijó plazos para corregirlo.
En ambos casos, la mayoría de los magistrados enfatizaron en la falta de uniformidad de dichas alianzas, que en el caso de Todos por Chiapas se refería a que la unión alcanzada para el Congreso entre cinco partidos –incluidos los institutos locales Podemos Mover a Chiapas y Chiapas Unido– no era la misma que postulaba a Roberto Albores Gleason a la gubernatura.
El motivo: en algún momento del proceso electoral, estos dos partidos estatales determinaron salirse de la coalición, lo que motivó reacomodos, pero posteriormente se reintegraron. En esa indeterminación, se consideró que en los hechos no es la misma coalición, por ello, fijó un plazo perentorio para que estos cinco institutos determinen si quieren firmar un convenio para postular a Albores por vía de la candidatura común.
Respecto de la coalición Por Chiapas al Frente, los magistrados consideraron que si bien hay una alianza legal para el Congreso, estos partidos impulsaron a José Antonio Aguilar Bodegas mediante candidatura común, lo cual contravenía el principio de uniformidad. Por ello, les fijó un plazo para corregir este procedimiento.
En otro orden de ideas, al resolver un recurso promovido por Lorena Osornio, candidata independiente a la jefatura de Gobierno de la capital del país, contra el financiamiento público otorgado por el Instituto Electoral de Ciudad de México, que establecía sólo darle 50 por ciento de los recursos destinados a los otros aspirantes también independientes a este cargo, el TEPJF validó el criterio, el cual ha imperado en el caso de todos los abanderados a diputados federales y de otros cargos de elección locales.
Asimismo, al resolver un recurso contra de la candidatura de Xóchitl Gálvez al Senado por el Partido de la Revolución Democrática, el tribunal electoral avaló su postulación con el argumento de que no había participado en proceso interno alguno del Partido Acción Nacional.