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El futuro de la reforma energética: la cuarta
V

eamos los últimos estados financieros hechos públicos por la Comisión Federal de Electricidad (CFE) antes de la aprobación de la Ley de la Industria Eléctrica (LIE) y de la Ley de la Comisión Federal de Electricidad. Documentan una insuficiencia tarifaria superior a 100 mil millones de pesos. Asunto muy delicado económica y socialmente. Lo sigue siendo en el marco de estas dos nuevas leyes del 11 de agosto de 2014 que norman el cambio –el radical cambio– del artículo 27 de la Constitución en que se abandonó el servicio público de electricidad.

Correspondía exclusivamente a la nación –ordenaba la Constitución– generar, conducir, transformar, distribuir y abastecer energía eléctrica que tuviera por objeto la prestación de servicio público. En esta materia no se otorgaban concesiones a los particulares. La nación debía aprovechar los bienes y recursos naturales que se requirieran para dichos fines. Mandato constitucional con dos aspectos esenciales. 1) Estado con monopolio del servicio público de electricidad, a decir de la ley, de la planeación del sistema eléctrico nacional; de la generación, conducción, transformación, distribución y venta de energía eléctrica, y de la realización de todas las obras, instalaciones y trabajos que requieran la planeación, ejecución, operación y mantenimiento de ese sistema. 2) Estado con exclusividad para aprovechar –en concordancia con el 27 Constitucional– los recursos naturales: hidráulicos, geotérmicos, nucleares, eólicos y solares, entre otros, para ese servicio público.

Así, rentas y beneficios extraordinarios derivados del aprovechamiento de esos recursos –como en los hidrocarburos asociados contablemente a los llamados derechos de extracción– eran propiedad de la nación. No se compartían, debían aprovecharse en el servicio público de electricidad, por ejemplo, las riquísimas cuencas del Grijalva, del Balsas y otras. Los bondadosos recursos geotérmicos de Cerro Prieto y Los Azufres, los recursos de uranio que nutrirían a la cebtral nuclear de Laguna Verde, los recursos de zonas tan ricas en viento como el Istmo de Tehuantepec y, sin duda y a pesar de la polémica de los absurdos, los riquísimos recursos solares tan abundantes en nuestro país.

Sí, dos aspectos constitucionalmente vinculados: 1) exclusividad de la nación para el servicio público; 2) propiedad de la nación de los recursos naturales usados en ese servicio público y de sus rentas. Con las modificaciones legales de diciembre de 1992, los particulares penetraron más a la industria. En la generación, con los productores independientes de energía (PIE) y su contrato de entrega a CFE. Y ahí mismo, los permisionarios de las antiguas figuras de autoabastecimiento, cogeneración, pequeña producción, exportación, importación y usos propios, con la autorización legal de enviar su producción por medio de las redes públicas a cargas asociadas a sus centrales, bajo un contrato de porteo, aún hoy asimétrico en perjuicio de CFE, hecho nuevamente evidenciado con las actuales tarifas reguladas de transmisión y distribución. Sí, las preparadas por el organismo responsable hoy de la regulación eléctrica: la Comisión Reguladora de Energía (CRE).

Según el nuevo Programa de Desarrollo del Sector Eléctrico (Prodesen 2018-2032), un sistema de generación de 75 mil 285 megavatios (MW) cuenta con 17.5 por ciento de PIE (básicamente ciclos combinados a gas natural de alta eficiencia) y 21.6 por ciento de esas figuras antiguas que continúan aprovechando el porteo subsidiado. El resto a cargo de CFE, sus empresas de generación.

El segundo transitorio de la LIE respetó las figuras de participación privada de la ley anterior, aunque les permite probar –por una única vez– la nueva forma de participación. Y entrar en el mercado eléctrico mayorista. La nueva arquitectura institucional –que sin duda debe ser evaluada rigurosamente por el nuevo gobierno– abrió la competencia en generación y comercialización, conservó el servicio público en transmisión y distribución, mantuvo el control mediante el Centro Nacional de Control de Energía (Cenace) que, además, opera el mercado eléctrico mayorista (MEM).

Asimismo, la planeación por conducto de la Secretaría de Energía (Sener), responsable del Prodesen. Hay reglas del mercado (bases y disposiciones operativas) y 21 manuales, desde los de Subastas a mediano y largo plazo, hasta el de Interconexión de centrales eléctricas y Conexión de centros de carga. Incluidos, entre otros, Registro y acreditación de participantes del mercado, Mercado de energía a corto plazo, Mercado para el balance de potencia, Subastas de derechos financieros de transmisión, Costos de oportunidad, Pronósticos, Estado de cuenta, Facturación y Pagos.

Además, por cierto, el polémico manual de Interconexión de centrales de generación con capacidad menor a 0.5 MW.

En este mundo tan complejo tenemos también nuevas tarifas que han han experimentado un camino errático, por decir lo menos. Entre otras cosas por la incapacidad de instrumentar una transición transparente que permitiera aprovechar la experiencia histórica en tarifas e incorporar, gradualmente, los nuevos esquemas de reconocimiento y asignación de costos.

¿Qué hará el nuevo gobierno?

¡No lo sé!, pero lo cierto es que la noble industria eléctrica y su honorable servicio público requieren una revisión cuidadosa. Sólo menciono que aún en el ámbito internacional esto se sugiere con insistencia. La bibliografía especializada abunda en reflexiones sobre lo que llaman reformas a las reformas en la industria eléctrica. Lo veremos. Sin duda.