Demandan participar en el legislativo
Viernes 3 de agosto de 2018, p. 9
La Red Nacional Indígena (RNI) expresó su indignación
por la usurpación de candidaturas indígenas y precisó que a petición de la agrupación se creó el principio de autoadscripción calificada
, consistente en que la persona postulada no sólo debía asumir su identidad indígena, sino que también acreditar su vínculo con la comunidad a la que pertenece
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No obstante, se presentaron irregularidades, y así tras la jornada electoral nos encontramos con un panorama distinto al previsto, en la que de nueva cuenta no se cumplió con esta medida mínima para garantizar la representación política indígena, pues en varios casos se usurpó la identidad originaria
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Ante esto, la red exigió a las autoridades electorales del país, a los partidos políticos y a los candidatos y candidatas electas conducirse con ética y cumplir con la acción afirmativa
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La RNI manifiesto su congratulación por las resoluciones
del pasado primero de agosto, en las cuales se demostró que los candidatos no tenían identidad indígena. Las sentencias las resolvió la Sala Regional de Xalapa, Veracruz.
Son los casos de Humberto Pedrero y Roberto Antonio Rubio en los distritos 02 con cabecera en Bochil y el distrito 11 Las Margaritas, Chiapas, en donde usurparon identidades y funciones falsificando firmas y documentos de autoridades indígenas para acreditar su calidad indígena
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Detalló que la Sala Regional falló en el caso de Bochil anulando la elección y en el caso de Las Margaritas nulidad de la constancia de mayoría relativa.
No obstante, la RNI expresó también su preocupación porque al resolver el caso de Las Margaritas, nulificando la constancia de mayoría relativa de Roberto Antonio Rubio, le favoreció a Yaneth Martínez Domínguez, candidata a la coalición Juntos Haremos Historia, quien obtuvo la mayoría de votos por cuota de género; sin embargo, ella tampoco cumple con la calidad indígena, pues los propios tojolabales han manifestado que no la reconocen como miembro de su comunidad
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Recordó que la RNI durante 2017 promovió tres foros regionales en el país en coordinación con el Instituto Nacional Electoral (INE), con la finalidad de que se establecieran mecanismos para garantizar en el proceso electoral de 2018 el derecho de representación política de los pueblos indígenas en el Congreso.
Así se logró que el 8 de noviembre de 2017 el INE emitiera el acuerdo INE/CG508/2017 con el cual se estableció la obligación a los partidos políticos de que, en por lo menos 12 de los 28 distritos electorales federales catalogados como indígenas en el país, postularan como candidatos y candidatas a las diputaciones federales a personas indígenas
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Sin embargo, los partidos Verde Ecologista de México y Encuentro Social, entre otros, impugnaron dicho acuerdo, por lo que la RNI se apersonó ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), ante la cual no sólo solicitó que dicho acuerdo se ratificara sino que se precisara y maximizara en la protección de los derechos políticos electorales
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Agregó que el 14 de diciembre de 2017 se emitió la sentencia SUP-RAP-726/2017 y acumulados, en la que se determinó que no serían 12 sino 13 los distritos electorales federales en los que se deberían postular a personas indígenas como candidatas a las diputaciones, en virtud de que en dichos distritos se cuenta con una población hablante de lenguas originarias de 60 por ciento o más.