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No proceden señalamientos contra Barrales y Arriola
 
Periódico La Jornada
Martes 28 de agosto de 2018, p. 32

El Tribunal Electoral de Ciudad de México (TECDMX) declaró improcedente sancionar a Alejandra Barrales y Mikel Arriola, a quienes Morena señaló por actos anticipados de campaña y difusión de contenido calumnioso; asimismo, desechó otro procedimiento especial sancionatorio contra el PRI.

En el primero, Morena se quejó por llamadas telefónicas realizadas presuntamente por la coalición Por la Ciudad de México al Frente y la empresa TKM Customer Solutions, SA de CV, en beneficio de Barrales; sin embargo, los magistrados consideraron que no se comprobó la responsabilidad en la autoría, por lo que se desechó el recurso.

En el procedimiento TECDMX-PES-114/2018, presentado también por Morena contra Mikel Andoni Arriola Peñalosa en su calidad de candidato del PRI a la Jefatura de Gobierno, se denunció la difusión de calumnias contra Claudia Sheinbaum.

De acuerdo con el expediente, esto derivó de dos publicaciones en el perfil de Facebook de Arriola en las cuales se hicieron críticas a la gestión de la entonces candidata.

El pleno del tribunal declaró inexistente la infracción al argumentar que las publicaciones se dieron en un contexto de debate político propio de las campañas electorales y se emitieron en ejercicio de la libertad de expresión.

Sobre la acusación contra Esperanza Villalobos Pérez, en su calidad de precandidata a diputada local por Morena en Ciudad de México por la realización de actos anticipados de campaña, derivada de la exhibición de tres lonas colocadas en la delegación Iztapalapa. Los magistrados declararon inexistentes las conductas denunciadas.