Jueves 6 de septiembre de 2018, p. 21
La primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró constitucional el artículo 293 del Código de Justicia Militar, el cual establece sanciones para efectivos castrenses que cometan abuso de autoridad.
La decisión se tomó al negar un amparo al general de brigada Marco Antonio Barrón Ávila, quien se desempeñaba como comandante en la 25 Zona Militar, con sede en Puebla, y que en 2014 envió a 40 soldados a remodelar una de sus propiedades que se localiza en el estado de Querétaro.
Barrón Ávila fue sentenciado por un juzgado militar a un año y ocho meses de prisión al encontrarlo culpable del delito de abuso de autoridad, pero presentó una demanda de amparo en contra de su condena y para eso impugnó la constitucionalidad del artículo 293 del Código de Justicia Militar.
El caso llegó hasta la SCJN debido a que la defensa del militar puso en tela de juicio la constitucionalidad de dicho artículo al argumentar que en la norma no se establecen los alcances de las penas que se impondrán a quienes cometan abuso de autoridad.
Durante su sesión de ayer, la primera sala de la SCJN determinó por cuatro votos a favor y uno en contra que el artículo 293 del Código de Justicia Militar es constitucional, dado que las diversas hipótesis previstas en los artículos 294 a 300 de dicho código punitivo sí contienen pena de prisión
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El juzgado cuarto de Justicia Militar sancionó a Barrón Ávila a pagar una multa de 10 mil 685 pesos, además de ser destituido del cargo e inhabilitado para desempeñar cualquier otro servicio o comisión pública al acreditarse que trasladó a 40 hombres bajo su mando al estado de Querétaro y les ordenó que remodelaran su vivienda.