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Absuelve la Corte a dos integrantes de la CNTE por lavado de dinero
 
Periódico La Jornada
Jueves 6 de diciembre de 2018, p. 17

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) absolvió al profesor oaxaqueño Aciel Sibaja Mendoza, integrante de la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación (CNTE), de la acusación de lavado de dinero que le imputó la Procuraduría General de la República (PGR) por haber recibido recursos de empresas privadas a cambio que se les permitiera cobrar créditos a través de la nómina magisterial.

La primera sala concedió la protección al ex tesorero de la sección 22 del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE) al determinar que el primer tribunal unitario en materia penal del primer circuito, deje insubsistente el auto de formal prisión que se le dictó y emita otra resolución, y se dicte auto en el que decrete la libertad absoluta del quejoso al aparecer demostrada una causa que excluye el delito, toda vez que los hechos que motivaron la averiguación no son constitutivos de delito.

En este caso no sólo Sibaja Mendoza se beneficia de este amparo, también el ex líder Rubén Núñez –ambos se encuentran libres bajo fianza–, ya que la determinación de la Corte señala que la acusación estuvo mal integrada.

En abril de 2016 la PGR solicitó y obtuvo una orden de aprehensión en contra de Sibaja y Ñúñez por su probable responsabilidad en la comisión del delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita, en las hipótesis de adquirir, administrar y transferir recursos dentro del territorio nacional con conocimiento de que proceden de una actividad ilícita en el caso, como defraudación fiscal y ejercicio abusivo de funciones.

La PGR indicó entonces que una empresa privada realizó depósitos irregulares entre enero de 2008 y junio de 2015 por 10 millones 41 mil 306 pesos.

La Corte consideró que el juez que inició el proceso dictó auto de formal prisión en contra del quejoso al aplicar inexactamente la ley y valorar indebidamente el material probatorio y no se demostró el cuerpo del delito, en transgresión a sus derechos fundamentales de debido proceso y adecuada defensa.