De una lista de 10 aspirantes, el Presidente elegirá una terna que enviará al Legislativo
Sábado 22 de diciembre de 2018, p. 10
La madrugada de ayer, el Senado emitió la convocatoria para elegir al fiscal general de la República y comenzó a correr el plazo de 40 días establecido en la Constitución para llevar a cabo ese nombramiento, en el que participan esa cámara y el jefe del Ejecutivo federal.
De hecho, el plazo comenzó a correr desde el jueves en que se publicó en el Diario Oficial de la Federación la entrada en vigor de la autonomía constitucional de la Fiscalía General de la República.
La convocatoria, publicada en la página electrónica del Senado, establece que el registro de candidatos dará inicio el lunes 24 y concluye el 31, último día de este 2018.
El Senado cuenta con 20 días para integrar y aprobar una lista con al menos 10 candidatos, que deberá remitir al Presidente de la República, quien elegirá de entre ellos a tres.
El Ejecutivo federal tendrá un plazo de 10 días para elegir a los integrantes de la terna que enviará al Senado, donde, previa comparecencia de las personas propuestas, se designará al fiscal general de la República, mediante el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes.
Concluidas las tres comparecencias, se procederá a la votación por cédula. La persona que resulte designada y nombrada titular de la Fiscalía General de la República rendirá la protesta de ley ante el Pleno del Senado de la República en la misma sesión. Ello, dentro del plazo máximo de los 10 días siguientes a la recepción de la terna.
En la Constitución se establece que si el Senado no remite en el plazo de 20 días la lista con los 10 aspirantes, el Presidente de la República enviará su propia terna, de la que se deberá elegir al fiscal.
Igualmente, si el Presidente no hace llegar la terna en el plazo establecido, el Senado elegirá al fiscal entre los 10 candidatos que seleccionó previamente.
En la convocatoria ayer expedida se establece que los candidatos deberán contar con ciudadanía mexicana por nacimiento; tener cuando menos 35 años cumplidos el día de la designación; presentar título profesional de licenciatura en derecho con antigüedad mínima de 10 años al día de la designación.
También, gozar de buena reputación, que incluya elementos como calidad profesional relevante, trayectoria en el servicio público o en el ejercicio de la actividad jurídica y honorabilidad, alta calidad técnica, compromiso con valores democráticos, independencia y reconocimiento social, además de no haber sido condenado por delito doloso.