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Militares desaparecieron a tres personas en Juárez, determina Corte Interamericana
Corresponsal
Periódico La Jornada
Sábado 22 de diciembre de 2018, p. 13

Ciudad Juárez, Chih., El Estado Mexicano fue notificado ayer por la Corte Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH) que militares comisionados al estado de Chihuahua fueron los responsables de la desaparición forzada de Nitza Paola Alvarado Espinoza, José Ángel Alvarado y Roció Irene Alvarado Reyes, en el ejido Benito Juárez en diciembre de 2009.

Por lo que le pidió investigar el paradero de los desaparecidos, informe a sus familiares, les dé seguridad y los indemnice, entre otras medidas; además, someta a vigilancia civil a los militares que actúen de manera temporal en labores de combate a la inseguridad.

La desaparición de las tres personas ocurrió en el contexto del Operativo Conjunto Chihuahua y la lucha contra el crimen organizado en México del año 2008 al 2011, en el sexenio del panista Felipe Calderón Hinojosa.

El Centro de Derechos Humanos Paso del Norte, organismo coadyuvante en el caso, informó que la resolución de la CIDH encontró al Estado mexicano responsable por la desaparición forzada de las personas antes referidas.

También lo declaró culpable por la falta de debida diligencia y plazo razonable en las investigaciones de los hechos. Además, el Estado violó su deber de garantía respecto de los familiares que se vieron obligados a desplazarse, sufrieron amenazas y hostigamientos.

Paso del Norte, dirigida por el sacerdote Óscar Enríquez, detalló que la CIDH tomó en cuenta el reconocimiento parcial de responsabilidad que la autoridad mexicana tuvo en las desapariciones forzadas que se produjeron en esta entidad.

El informe refiere que se constató que el incremento de la participación del Ejército en las labores de seguridad ciudadana ha sido un patrón constante desde 2006. El empleo de las fuerzas castrenses en la lucha contra la delincuencia se convirtió en práctica recurrente.Para enfrentar dicha problemática, es preciso que los estados actúen en todo momento dentro de los límites y conforme a los procedimientos que permitan preservar tanto la seguridad pública como los derechos humanos.

Reafirmó que como regla, el mantenimiento del orden público interno y la seguridad ciudadana deben estar primariamente reservados a los cuerpos policiales civiles.

En caso de que intervengan las fuerzas armadas, ésta debe ser justificada, excepcional y restringida a lo estrictamente necesario en las circunstancias del caso; subordinada y complementaria a las labores de las corporaciones civiles”.