Miércoles 20 de febrero de 2019, p. 28
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucionales los artículos 140 y 148 del Código Civil del estado de Nuevo León, que impedían el matrimonio entre personas del mismo sexo, tras considerar que ello viola los principios de igualdad y no discriminación. Lo anterior, al resolver la acción de inconstitucionalidad promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, en la cual demandó la invalidez de los mencionados y que se encuentran en el Código Civil del estado, según el texto publicado en el Periódico Oficial el 8 de enero de 2018. La propuesta del ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo fue aprobada por el pleno de la Corte, al considerar que se violaban los artículos uno y cuatro de la Constitución federal, pues estas normas violentaban la dignidad humana al establecer que el matrimonio sólo podía ser entre un hombre y una mujer, y se discriminaba a las personas del mismo sexo.