Lunes 15 de abril de 2019, p. 5
Un tribunal colegiado de la Ciudad de México amparó a un militar recluido en el penal federal de Villa Aldama, Veracruz, para que se deje insubsistente una sentencia de 20 años de prisión y que se emita otra tomando en cuenta que las declaraciones de otros militares en las que señalaban al comandante de la Base de Operaciones Móvil Tango Urbano, en Reynosa, Tamaulipas, como parte de un grupo de militares que operaban para el cártel del Golfo, fueron obtenidas mediante tortura.
El militar Emmanuel Mayorga Cabrera fue detenido el 25 de marzo de 2013 y sentenciado por los delitos contra la salud y traición a las fuerzas armadas, por lo que fue destituido, inhabilitado y sin beneficio de libertad preparatoria.
De acuerdo con la causa penal, el 18 de marzo de 2013 el comandante Mayorga y otros militares salieron de su unidad para realizar patrullajes, tomaron una brecha y llegaron a un rancho donde, al realizar reconocimientos, localizaron en una fosa ocho maletas con cocaína, dos de esas se las habrían entregado a civiles pertenecientes al crimen organizado quienes dieron dinero a los soldados y fue repartido.
Con las declaraciones de otros militares, entre otras pruebas, Mayorga fue sentenciado; sin embargo, el tribunal colegiado indicó que del análisis de la sentencia reclamada, se advierte que se infringen los principios de legalidad y presunción de inocencia, en su vertiente de estándar probatorio, ya que el fallo está insuficientemente fundado y motivado en el análisis de la hipótesis de defensa formulada por el peticionario de derechos fundamentales
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Para el sentenciado, las testimoniales que lo inculpaban habrían sido obtenidas por tortura; las pruebas que presentó su defensa no fueron tomadas en cuenta por el Tribunal Superior Militar.
En ese sentido, del examen de la sentencia reclamada se advierte que la autoridad responsable no realizó el análisis de la totalidad de las indicadas pruebas de descargo
, por ello, el tribunal indicó que se deje insubsistente la sentencia reclamada.