Martes 7 de mayo de 2019, p. 26
La dirigencia de la sección 1 del Sindicato Único de Trabajadores del Gobierno de la Ciudad de México convocó a los trabajadores de limpia de las 16 alcaldías a marchar este martes para apoyar la relección de Juan Ayala Rivero como líder de esa organización gremial, denunciaron empleados afectados.
Señalaron que fueron citados a reunirse en las inmediaciones de la Torre Latinoamericana a las 6:30 horas para de allí dirigirse al Zócalo, y aunque les dicen que su asistencia es opcional, afirmaron que se ven obligados a presentarse, pues de lo contrario habrá represalias en su contra.
Los quejosos afirmaron que la orden es apoyar a Ayala Rivero, quien pretende continuar como presidente del sindicato hasta julio de 2023, a poco más de dos meses del proceso de renovación de la dirigencia sindical.
Los afectados, quienes pidieron el anonimato, señalaron que la orden provino del líder de la sección 1, Hugo Alonso Ortiz, quien, indicaron, incluye tanto a sindicalizados como a voluntarios o contratados con el esquema de nómina 8.
Afirmaron que no es la primera vez que se obliga
a los trabajadores a realizar este tipo de movilizaciones, como ocurrió en el pasado proceso electoral, cuando se les ordenó votar por Alejandra Barrales Magdaleno, quien aspiraba a la jefatura de Gobierno de la ciudad.
Agregaron que ésta es sólo una de las imposiciones de las que son víctimas, pues también se les exigen cuotas diarias de 50 pesos, por ejemplo, a los barrenderos voluntarios, para poder seguir trabajando.
Juan Ayala Rivero llegó a la dirigencia del sindicato del gobierno capitalino en 2011 y fue relecto el 11 de julio de 2015 por otro periodo de cuatro años en un congreso extraordinario, por lo que se le autorizó la toma de nota número 157, con vigencia al 10 de julio de 2019.
A poco más de dos meses de que se renueve la dirigencia del gremio, trabajadores sindicalizados han denunciado que pretende continuar en el cargo por un periodo más, lo que, aseguran, violenta los estatutos del gremio, que en su artículo 45 señalan que el presidente sólo se puede relegir una vez.