ntes de la reforma constitucional de 1992, ¿cómo estaba constituido ese andamiaje para la gobernabilidad en el ámbito rural?
En el vértice, como en el caso del sistema político en su conjunto, estaba el Presidente de la nación, con una atribución específica en materia agraria: era la autoridad final en la adjudicación (en donación a los campesinos) de la tierra. Además, era el principal mecanismo de articulación de los distintos recursos de gobernabilidad y construía el sustento simbólico de la alianza de los campesinos con el Estado mexicano.
Este andamiaje tenía tres patas más. Por una parte, la Secretaría de la Reforma Agraria –antes de los 70 era Departamento de Asuntos Agrarios y Colonización. Su función principal era hacer efectivo el control político sobre los ejidos y las comunidades. Lo ejercía a través de la interpretación de las leyes agrarias, particularmente aquellas que tenían que ver con el acceso a las tierras ya dotadas o a las pérdidas, y a las determinaciones de infracciones cometidas por los ejidatarios y comuneros. En pocas palabras, la Secretaría de la Reforma Agraria era la secretaría de gobernación para el campo.
Por otro lado estaban la Confederación Nacional Campesina (CNC) y luego el conjunto de centrales campesinas afiliadas al Partido Revolucionario Institucional. Si en sus primeras etapas la CNC ejercía una representación fuerte por ser el único y privilegiado interlocutor del gobierno en todos los asuntos relacionados con el campo, conforme quedaron mejor definidas las funciones que desempeñarían el sector empresarial rural y el sector reformado, comenzó a perder relativa fuerza. Por otro lado, el sector empresarial del campo también se organizó de manera corporativa con la Confederación Nacional Ganadera (CNG) y la Confederación Nacional de la Pequeña Propiedad (CNPP), que agrupó inicialmente a todos los agricultores privados, particularmente a los más grandes.
¿Cuál era la función de esas organizaciones corporativas? En primer lugar, expresar y negociar las demandas de sus agremiados ante las instancias estatales. Más importante en el caso de las organizaciones del sector reformado, administrar los mercados negros, es decir, lo que se generaban a partir de las regulaciones que encorsetaban legalmente a los ejidatarios. Así, los ejidatarios no podían vender ni rentar sus tierras. No podían contratar mano de obra salarial ni ausentarse por más de dos años del ejido. En todos los casos, las sanciones podían llegar a la pérdida de la tierra entregada al ejidatario. Pero todas estas operaciones se realizaban efectiva y masivamente en los mercados negros, promovidos y en muchos casos alentados por las autoridades gubernamentales y los líderes agrarios. Así, funcionaban estratégicamente como el servicio de inteligencia política del campo.
El cuarto elemento de este andamiaje era el conjunto de creencias que se combinaban para servir como cemento de los otros tres elementos. Estas creencias tenían dos procedencias. La ideología de comunidad rural basada en la percepción de la comunidad como mundo cerrado, que requiere la protección de una instancia externa y que para enfrentarse a los shocks externos sólo cuentan con la tradición de prácticas solidarias comunitarias.
Por otra parte, la ideología agrarista, en tanto ideología del Estado mexicano, transportaba como idea central la de asignar al gobierno un aura de omnipotencia, especialmente al Presidente de la República, presentado como el protector y el dispensador de favores. Esta idea tutelar estaba además anclada en la doctrina constitucional del artículo 27.
El andamiaje de la gobernabilidad rural se ve fuertemente impactado por las reformas rurales de los 90. Es necesario, empero, desde el principio, dejar en claro que estaba severamente erosionado antes de las reformas iniciadas en los 90.
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