Leyes secundarias al tercero constitucional
Iniciativa presentada por Morena, PES y PVEM // Indican crear un consejo ciudadano de 15 integrantes
Domingo 1º de septiembre de 2019, p. 9
En las iniciativas de ley reglamentaria al artículo tercero de la Constitución, en materia de mejora continua de la educación y general del sistema para la carrera magisterial, presentada por diputados de Morena, PES y PVEM, se propone, entre otros fines, fortalecer el control del Estado sobre plazas, procesos de ingreso, promoción y reconocimiento, pero también en los lineamientos que permitan el diseño e implementación en las entidades federativas de las nuevas políticas de formación continua y capacitación de los educadores.
En la propuesta sobre el sistema para la carrera de los profesores, presentada el pasado 28 de agosto a la Comisión Permanente de la Cámara de Diputados, los legisladores plantean la creación de la unidad del sistema para la carrera de los docentes, como un órgano administrativo desconcentrado, mediante cual la Secretaría de Educación Pública (SEP) ejercerá sus atribuciones en la materia.
Buscan la creación de un registro nacional de plazas vacantes y un modelo de admisión bajo la rectoría de la Federación, mientras que la secretaría del ramo podrá emitir dictámenes de asignación de puestos. A los docentes se propone otorgarles un recurso de reconsideración para los casos de admisión, promoción y reconocimiento.
En cuanto a la ley del organismo que sustituirá al desaparecido Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, se propone que el nuevo ente, denominado Comisión Nacional para la Mejora Continua de la Educación, quede integrado por su Junta Directiva, el Consejo Técnico de Educación y un Consejo Ciudadano honorario –que integrará a los diversos actores sociales de la educación, incluida la iniciativa privada–, pero también por un comité consultivo y deliberativo de las acciones del Sistema Nacional para la Mejora Continua de la Educación, que tendrá una secretaría técnica.
El proyecto de decreto establece que la citada ley no se constriñe a determinar el funcionamiento y operación de un nuevo organismo, sino a emitir una legislación reglamentaria sobre la actividad del Estado para alcanzar la mejora continua en la enseñanza.
Asimismo, establece que la Comisión Nacional se constituirá como un organismo público descentralizado, no sectorizado, con autonomía técnica, operativa, presupuestaria, de decisión y gestión, con personalidad jurídica y patrimonio propio
, la cual deberá auxiliarse para sus actividades de una secretaría ejecutiva
, que será designada porel comité consultivo, presidido por el titular de la SEP, que contará con múltiples funciones, entre ellas actuar como la secretaría técnica del comité consultivo y ejecutar sus acuerdos.
Se propone que el Consejo Técnico de Educación, que tendrá como parte de sus atribuciones, asesorar a la Comisión Nacional, deberá establecer siete comités presididos por cada uno de los miembros que incluyen: educación básica, media superior, superior, inicial, indígena, inclusiva y formación docente.
En tanto, el consejo ciudadano será un órgano colegiado honorífico de consulta, integrado por 15 miembros de pleno derecho que deberán contar con al menos 10 años de experiencia en el ámbito educativo y tener una trayectoria reconocida a nivel regional o nacional. Se prevé que sus miembros ocupen el cargos hasta por 12 años, de forma escalonada.