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Mandos de organismos autónomos insisten en mantener sus supersalarios
 
Periódico La Jornada
Martes 10 de septiembre de 2019, p. 7

Los salarios que el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) pretende otorgar a sus mandos están por arriba del sueldo del presidente Andrés Manuel López Obrador. En el caso del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) los sueldos son menores, pero se advierte: lo pedido hasta ahora no considera los efectos de amparos contra la Ley de Remuneraciones.

En proyectos de presupuestos 2020 elaborados por esos organismos autónomos se anticipa que el próximo año, Gabriel Oswaldo Contreras, titular del IFT gane 206 mil 336 al mes, más prestaciones.

Pese a las disposiciones de la Ley de Remuneraciones y medidas de austeridad que se hicieron para que el erario no pagara seguros de separación individualizada y de gastos médicos mayores, el presupuesto incluye 321 mil 885 y 23 mil 998 pesos, de cada rubro, sólo para Contreras.

El documento contiene una argumentación de dos tercios de página en la que se detalla el procedimiento que se debe seguir para volverse comisionado presidente del IFT. Como se puede observar, los integrantes del pleno del instituto (...) deben cumplir con elementos de idoneidad que combinan aspectos técnicos y académicos de alta especialización, se expone.

Con ello se apela a que el trabajo técnico calificado perciba un salario por arriba del que percibe Andrés Manuel López Obrador. Dicho fundamento se hace extensivo a 25 plazas del instituto que representan únicamente 1.8 por ciento de su plantilla total, acota el propio organismo. Estos 25 funcionarios públicos ganarán más que el Presidente, en el caso de Contreras, 33 por ciento más.

Julio Santaella, presidente del Inegi, tendrá un salario bruto de 158 mil 270 pesos al mes, por debajo del ingreso de 161 mil 56 pesos mensual que tendrá el Presidente.

Al pie se expone que ello no considera los efectos de las resoluciones judiciales que podrían implicar un alza en estos montos. La primera: una sentencia de invalidez al artículo 6 fracción III de la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos.

La resolución fue dictada por la SCJN, que el 20 de mayo declaró inconstitucional lo relativo al impuesto sobre la renta del aguinaldo de sueldo base y de la compensación garantizada.

En otra más del primero de julio, la SCJN resolvió a favor del Inegi lo relativo al sueldo, seguro de gastos médicos mayores, de separación individualizado y las prestaciones que se perciben sin deducción alguna.