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SCJN: real malicia, sólo para ampliar libertad de expresión
 
Periódico La Jornada
Martes 17 de septiembre de 2019, p. 14

La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que el concepto de real malicia, utilizado para definir si hubo dolo por parte de algún medio de comunicación en un caso por daño moral, calumnias o injurias, sólo puede usarse para ampliar el margen de la libertad de expresión, y no en sentido contrario.

El término real malicia surgió en Estados Unidos durante el caso conocido como New York Times vs. Sullivan, en 1964, en que el comisionado de policía de Alabama demandó al diario por publicar una inserción pagada de Martin Luther King y otras personas que denunciaban el racismo con el que actuaba el cuerpo policiaco de esa ciudad.

El fallo de la Suprema Corte estadunidense señaló que el uso de la libertad de expresión admite amplios márgenes y que el gobierno y los funcionarios públicos deben permitirlo. El único límite es cuando el medio de comunicación proceda con real malicia, es decir, que aun sabiendo que una información es falsa, la difunda.

En México se usó el término por primera vez en la SCJN en abril pasado, cuando la primera sala resolvió un amparo promovido por el ex gobernador de Michoacán Fausto Vallejo contra quienes publicaron videos donde su hijo Rodrigo aparecía con Servando Gómez, la Tuta, líder de Los caballeros templarios. La tesis de la SCJN señala que la figura de real malicia consiste en promover la libre manifestación y flujo de información, ideas y opiniones; evitar el control del pensamiento; mantener abiertos los canales del discurso e impedir una tendencia a inhibir el derecho a la libertad de expresión.