Miércoles 20 de noviembre de 2019, p. 15
El juzgado octavo de distrito de amparo en materia penal en la Ciudad de México negó un amparo al ex director de Petróleos Mexicanos (Pemex), Emilio Lozoya Austin, contra la orden de aprehensión librada en su contra el pasado 25 de mayo, por su presunta responsabilidad en el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita relacionadas con la compra de la empresa Agronitrogenados, a precios sobrevaluados, a Altos Hornos de México.
La defensa legal, a cargo del abogado Javier Coello, interpuso un recurso de revisión para impugnar el fallo, aunque la juez Luz María Ortega Tlapa, titular del juzgado octavo de distrito de amparo, afirmó que la orden de aprehensión en contra de Lozoya Austin es fundada, con base en las pruebas que presentó la Fiscalía General de la República (FGR) y que son suficientes para suponer que es presunto responsable de la comisión de dichos delitos.
Actuación dolosa
Además, consideró infundados los argumentos del ex servidor público, quien señaló transgresión a sus derechos humanos; argumentó que el juez de control emitió su resolución apegado a derecho al acreditar que el ex funcionario actuó de forma dolosa.
Los datos de prueba existentes en la carpeta de investigación permiten establecer razonablemente la existencia de un hecho con apariencia del delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita, y hacer probable la participación del quejoso en su comisión, ya que se advierte que el quejoso, junto con dos sujetos activos, actuaron conforme a un plan común para obtener, resguardar en una cuenta aperturada en un país extranjero y posteriormente remitir nuevamente a la Ciudad de México, el dinero que sirvió para la compra del inmueble citado, con la finalidad de ocultar el origen de esos recursos.
De acuerdo con el expediente 487/2019, en noviembre de 2012 se realizaron dos transferencias. Una por un millón 500 mil dólares, el 7 de ese mes, y la otra el 13 de noviembre, por un millón 80 mil dólares, recursos que habrían sido para la compra del inmueble.
Asimismo, Ortega Tlapa sostuvo que el juez de distrito responsable no transgredió el principio de presunción de inocencia al emitir la orden de captura, pues se comprobó que no existen datos que demuestren que el ex funcionario tenga arraigo en la Ciudad de México y cuenta con los recursos suficientes para darse a la fuga, lo cual se acredita con sus declaraciones patrimoniales ante la Secretaría de la Función Pública, en las que se advierte que sus hijos nacieron en el extranjero, aunado a que también cuenta con domicilio fuera del país.