Deberán resolver sus necesidades sicoafectivas
, en especial cuando se encuentren en alguna institución
Domingo 24 de noviembre de 2019, p. 11
El Senado de la República aprobó reformas a la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, en la que se establece que la atención de las necesidades sicoafectivas
de esta población recae de manera obligatoria en los familiares, sobre todo cuando los ancianos se encuentren en alguna institución pública o privada, casa hogar, albergue, residencia de día o cualquier otro centro de atención.
En el dictamen se resalta que la población adulta mayor continúa siendo objeto de vejaciones, discriminación y negación de bienes y servicios en diversos ámbitos de la vida social
, por lo que es necesario mejorar los instrumentos de protección y garantía de sus derechos, a fin de que tengan carácter integral para ese grupo vulnerable de la población.
La presidenta de la Comisión de Estudios Legislativos, Primera, Mayuli Latifa Martínez Simón, aseguró que con esa reforma se contribuye a crear conciencia y obligación de los familiares con los adultos mayores. Se trata de crear cohesión en el grupo familiar para generar mayor bienestar.
A su vez, la senadora del PVEM, Leonor Noyola Cervantes, resaltó que las personas adultas mayores enfrentan continuamente una realidad adversa que los limita y los vulnera. Por tanto, el compromiso constitucional con este sector da un paso hacia adelante con esta reforma, ya que busca velar por la dignificación de la vida en la edad avanzada.
La reforma –aprobada el jueves– señala que para proteger sus derechos humanos esenciales, como el derecho a la salud física y mental y a un nivel de vida adecuado, se incluyó el término calidad de vida en esa Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.
Se establece asimismo que la atención de necesidades sicoafectivas de esa población recae de manera obligatoria en los familiares, debido a que son ellos la principal fuente de ajuste sociosicológico en el proceso de envejecimiento.
Asimismo, que la familia atienda sus necesidades sicoemocionales cuando el adulto mayor se encuentre en alguna institución pública o privada, casa hogar, residencia de día o cualquier otro centro de atención a las personas mayores con la finalidad de que se mantengan los lazos familiares.