Viernes 17 de enero de 2020, p. 31
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analizará la prohibición que contiene el Código Civil de Puebla en contra del matrimonio igualitario.
El máximo tribunal admitió a trámite las acciones de inconstitucionalidad promovidas por las comisiones Nacional y Estatal de los Derechos Humanos en contra del artículo 294 del Código Civil de esa entidad, que reza: El matrimonio es un contrato civil por el cual unsolo hombre y una sola mujer se unen en sociedad para perpetuar la especie y ayudarse en la lucha por la existencia
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En su demanda, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) advierte que esta norma es discriminatoria por razones de género y orientación sexual, y por lo tanto violatoria de los principios de igualdad del artículo primero de la Constitución federal.
Afecta los derechos
Añade que el Código Civil poblano impide el matrimonio igualitario, afectando los derechos al libre desarrollo de la personalidad, la identidad personal y sexual, y la protección a la familia.
La CNDH recordó que desde 2015 emitió una recomendación general, exhortando a todos los congresos y gobernadores de los estados con el fin de que adecuaran sus leyes civiles para permitir la unión civil a toda persona.
Al admitir a trámite ambas acciones de inconstitucionalidad, la SCJN emplazó a los poderes Legislativo y Ejecutivo de Puebla a que en máximo 15 días hábiles rindan por escrito sus informes sobre el proceso legislativo que se efectuó para aprobar esta norma, y así comenzar el periodo de instrucción que, advirtió el tribunal, podría llevar varios meses.