Sábado 15 de febrero de 2020, p. 31
La Secretaría de Gobernación (SG) publicó ayer la modificación a los lineamientos de clasificación de contenidos audiovisuales de las transmisiones radiodifundidas y del servicio de televisión y audio restringidos. En los cambios se destacan los requerimientos para evitar la difusión de escenas violentas en determinados horarios.
Además de los criterios comunes, según el horario de la transmisión de los materiales, en el décimo punto se lee: Bajo ninguna circunstancia los contenidos difundidos por los prestadores de servicios deberán hacer apología de la violencia o de delitos
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En medio de una jornada de protesta por el incremento de los feminicidios en el país, el Diario Oficial de la Federación emitió ayer una edición vespertina destinada a modificar los lineamientos de febrero de 2018.
En el texto se puntualiza que en el caso de los materiales de la clasificación B –los cuales se pueden transmitir sólo después de las cuatro de la tarde– se deberá incluir la siguiente leyenda: Este programa puede contener escenas de violencia, adicciones, sexualidad o lenguaje no apto para audiencias menores de 12 años de edad
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Igualmente, hay características que deben acatar los transmisores de contenidos para la categoría B15.