Jueves 19 de marzo de 2020, p. 13
La Comisión de Equidad de Género del Senado aprobó ayer por la tarde la minuta que expide la Ley de Amnistía, la cual permite que quienes hayan sido sentenciados por sedición, delitos contra la salud, robo simple y sin violencia sean dejados en libertad.
La amnistía alcanza también a mujeres sentenciadas por aborto, así como a integrantes de pueblos y comunidades indígenas que hubieran sido obligados por familiares o por la delincuencia organizada a cometer delitos.
Lucía Micher, presidenta de esa comisión y senadora de Morena, destacó que es importante ampliar las posibilidades jurídicas con los delitos de aborto y con relación al parentesco, debido a que existen mujeres sentenciadas por diferentes modalidades de homicidio calificado en las que el sujeto pasivo es el producto de la concepción.
Insistió en que la minuta plantea otorgar la amnistía a personas procesadas o sentenciadas por aborto, homicidio debido al parentesco, delitos contra la salud, robo simple y sin violencia, así como sedición.
También la ley considera a personas integrantes de las comunidades indígenas y afromexicanas o con alguna condición de discapacidad permanente que hayan cometido algún delito por indicación de su cónyuge, concubinario o concubina, pareja sentimental, pariente consanguíneo o por afinidad, sin limitación de grado, por temor fundado o que fueran obligados por grupos de la delincuencia organizada.