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Invalida la SCJN modificaciones penales de Tabasco, BC e Hidalgo
 
Periódico La Jornada
Viernes 24 de abril de 2020, p. 31

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó por inconstitucionales fracciones de diversas leyes penales de Tabasco, Baja California e Hidalgo debido a que, al aprobarlas, los respectivos congresos invadieron facultades legislativas que son exclusivas de la Federación.

Se trata de una fracción del Código Penal de Baja California que repite preceptos sobre el delito de tortura que ya están definidos en las leyes federales, y del artículo 301 fracción décima del Código Penal de Hidalgo, sobre abuso de autoridad para obligar a declarar a un imputado.

Ambas conductas ya están sancionadas por la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura, por lo cual las normas estatales fueron invalidadas para evitar cualquier posible contradicción entre normas.

En su sesión de este jueves, la tercera que efectúan mediante videoconferencia, los ministros también invalidaron parte de la Ley en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición cometida por Particulares y del Sistema de Búsqueda de Personas, del estado de Tabasco.

En este caso, la SCJN decidió declarar la validez temporal únicamente de los artículos que dan sustento al Registro Local de Detenciones, porque, aunque existe ya hay una ley sobre un registro nacional, éste no entrará en funcionamiento hasta 2021.