Martes 23 de junio de 2020, p. 17
La Suprema Corte de Justicia (SCJN) negó un amparo en el que se pedía una indemnización por un supuesto error judicial en un juicio penal.
Se trata del caso de Álvaro Manuel Acosta Terán, ex comandante de la Policía Judicial de la Ciudad de México, quien fue sentenciado por el homicidio de uno de sus colegas; sin embargo, cinco años después fue exonerado, tras comprobarse que fue inculpado con base en declaraciones de supuestos testigos, que resultaron falsas.
Demandó entonces una indemnización al Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, la cual le fue negada, por ello acudió al amparo, que finalmente le fue negado por la SCJN.
La demanda se basaba en los artículos 109 de la Constitución, y el 10 de la Convención Interamericana de los Derechos Humanos, en donde se establece que toda persona tiene derecho a ser indemnizada conforme a la ley en caso de haber sido condenada en sentencia firme por error judicial
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La mayoría de los ministros señalaron que este último artículo debe interpretarse como una obligación de los estados para legislar sobre el tema, pero que en el caso de México, no hay todavía tal ley, por lo cual no se puede aplicar.
Sobre este punto, la ministra Margarita Ríos Farjat afirmó que el tema de las indemnizaciones por errores judiciales es un problema jurídico que yo siento que ya viene siendo impostergable
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Los ministros coincidieron en señalar, además, que el artículo 109 de la Constitución se refiere a la responsabilidad patrimonial del Estado por actividades administra-tivas irregulares, pero no por errores judiciales, por lo cual no hay sustento para la indemnización solicitada.