Jueves 6 de agosto de 2020, p. 7
Las sanciones impuestas por la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) a las farmacéuticas que obstaculizan sus investigaciones por prácticas monopólicas son constitucionales y deben cumplirse, así lo señaló la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) al negar dos amparos promovidos por la empresa Selecciones Médicas del Centro.
Esta firma es una de las señaladas por el presidente Andrés Manuel López Obrador como parte de las 12 empresas que concentraron las adjudicaciones de compras de medicamentos, durante el sexenio pasado.
El caso inició cuando la Dirección General de Investigaciones de Prácticas Monopólicas Absolutas de la Cofece inició un procedimiento para confirmar posibles irregularidades en la asignación de contratos, para lo cual requirió información a la empresa.
La farmacéutica Selecciones Médicas del Centro se negó a entregar a las autoridades la documentación que se le pidió e incluso ocultó algunos datos, alegando que de hacerlo se violaría su derecho a no autoincriminarse y a guardar silencio.
Las sentencias aprobadas por la Suprema Corte señalan que los derechos argumentados por la empresa son aplicables únicamente a personas físicas en asuntos penales, y no a personas morales en asuntos meramente administrativos: corresponden a problemas jurídicos meramente penales, lo ahí sustentado no contradice de modo alguno la atribución de carácter administrativo que ahora se examina
.
Por ello, la firma debe entregar la información requerida y además pagar las multas que le impuso la comisión federal por su reticencia.
La firma vendió mil 56 millones de pesos
Según información dada a conocer por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SCHP), entre los años 2012 al 2018, Selecciones Médicas del Centro, propiedad de Francisco Pérez Fayad, obtuvo 24.3 por ciento de los contratos del Sector Salud para la compra de material de curación, operaciones con un valor superior a los mil 56 millones de pesos.