Jueves 10 de septiembre de 2020, p. 27
La miscelánea fiscal propuesta por el Ejecutivo federal para 2021 incluye cambios que involucran mayor transparencia en la venta de bienes transferidos por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) al Instituto Nacional para Devolverle al Pueblo lo Robado (Indep), en donatarias, plataformas digitales por dificultades en el entero y pago del impuesto al valor agregado (IVA), entre otros.
El texto presentado este martes, propone bloquear a las plataformas de residentes en el extranjero sin establecimiento en México por no cumplir con las obligaciones fiscales hasta que cumpla con las disposiciones de RFC, Fiel, representante legal y domicilio fiscal.
Para los contribuyentes que no tienen residencia en México y no pueden cumplir con los requisitos, se les releva de los mismos cuando la plataforma mediante la que comercializan esté obligada a emitir un comprobante fiscal digital por internet (CFDI) con el impuesto trasladado y por separado a nombre de quien realiza la retención o propio para que los contribuyentes puedan acreditar el IVA cuando lo requieran.
En el caso del IVA para residentes en el extranjero, se pagará cuando a través de plataformas o contenidos proporcionen descarga o acceso a imágenes, películas, texto, información, video, audio, música, juegos, tonos móviles, información sobre tráfico, información en línea, pronósticos meteorológicos, estadísticas, clubes en línea, citas en línea, así como la educación a distancia o test.
Además, se propone que se incluya en las plataformas la leyenda que dice el precio incluye IVA ante la dificultad que se tiene para que lo expresen por separado.
Por otra parte, en el caso del impuesto sobre la renta (ISR) se propone que las donatarias sufran modificaciones porque una gran parte de sus ingresos no provienen de sus actividades, por lo que perderán el registro al superar 50 por ciento.
También se ejercerá un mayor control sobre el destino de los activos de las donatarias porque cambian su destino a las actividades que no fueron objeto de la autorización o sin realizar una modificación correspondiente.
El SAT estará obligado a la publicación en el portal y el Diario Oficial de la Federación (DOF) de los bloqueados y desbloqueados en temas digitales.