Miércoles 12 de mayo de 2021, p. 5
La proliferación del uso de tarjetas que prometen beneficios futuros en la actual contienda se da al amparo de criterios emitidos por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación que ha resuelto en anteriores polémicas y litigios: la distribución de propaganda electoral en formato de tarjeta, así como la existencia de dípticos y/o folletos relacionados con las promesas de campaña no resultan contrarias a la normatividad electoral, incluso cuando se adviertan espacios en blanco para escribir el nombre y la firma
.
Así lo señala la resolución SUP-JRC-00388-2017 relacionada con quejas del PAN y Morena contra el uso de tarjetas durante la campaña para gobernador del PRI en Coahuila. Era un esquema similar a la Tarjeta Regia que promueve ahora el candidato del PRI-PRD, Adrián de la Garza, en Nuevo León. Por mayoría de 6 a 1, los magistrados desecharon el recurso y explicaron que: “como parte de las propuestas de campaña del candidato se ofreció crear en el futuro Mi monedero rosa
, Mi monedero
y Mi tarjeta de inscripción
, a través de los cuales el gobierno otorgaría apoyos a mujeres en situaciones de vulnerabilidad, familias de escasos recursos”, describe la resolución.
Establecieron que es criterio de la Sala Superior que no existe prohibición alguna de distribuir propaganda electoral impresa en formato de tarjetas, y entregar folletos que expliquen propuestas de campaña, pues ello, no genera por sí mismo la vulneración a algún dispositivo legal
. Pese a ello, el uso de este esquema –principalmente por el PRI– siempre ha generado polémicas y quejas recurrentes de Morena por presunta compra de votos.
Para el TEPJF la mecánica del programa consistía en iniciar con el registro de posibles futuros beneficiarios durante la campaña para que conocieran de qué se trataba y en cuanto se implemente en el gobierno y se cuente con la partida presupuestal se realizaría un estudio de la situación económica de cada solicitante.