Lunes 12 de julio de 2021, p. 4
De acuerdo con los estatutos de Morena, el Consejo Nacional es el segundo órgano de dirección de mayor jerarquía –sólo por debajo del Congreso Nacional que se reúne cada tres años– y está por arriba del Comité Ejecutivo Nacional (CEN), no obstante, en los últimos años, así como en el pasado proceso electoral, ha estado ausente de la mayoría de las decisiones partidarias.
En la página web del Consejo, encabezado por Bertha Luján Uranga desde 2015, se da cuenta de cuatro convocatorias correspondientes al último año y medio, y sólo se difunden acuerdos de una sesión del 15 de marzo del año pasado encaminados a su proceso interno, mismos que nunca pudieron cumplirse a cabalidad tras una judicialización en la que fue el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) el que dictó la forma en que Morena renovaría a su dirigencia.
Además, entre los pocos acuerdos alcanzados por este órgano se encuentran los aprobados en noviembre de 2019, mismos que terminaron siendo revocados por el TEPJF por haberse votado sin quórum legal.
El Consejo Nacional se compone de 300 consejeros, de los cuales 200 son electos en el Congreso Nacional que debe sesionar de manera ordinaria cada tres años. El resto se integra con los 32 presidentes, secretarios generales y secretarios de organización de los comités estatales del partido y del CEN.
El Consejo tiene como facultad renovar a sus integrantes por renuncia o fallecimiento, pero desde 2018 el órgano ha contado con menos consejeros de los que marcan sus estatutos, luego que algunos dejaron sus cargos para formar parte del gobierno federal, de los estatales, municipales o como legisladores. En estos seis años también han fallecido algunos de sus miembros.
Entre sus funciones se encuentra la evaluación del desarrollo general del partido y la formulación de las recomendaciones, críticas y propuestas de plan de acción.
Aunque Morena se vio envuelto en los recientes dos años en un proceso de renovación de su dirigencia entrampado por los constantes reveses judiciales, este órgano también tiene la posibilidad de sustituir a los integrantes del CEN.
Asimismo, cuenta con la facultad de presentar, discutir y aprobar la plataforma electoral del partido en cada uno de los procesos comiciales federales.
Durante el del presente año, la definición de las candidaturas recayó casi exclusivamente en los cinco integrantes de la Comisión de Elecciones.
El Consejo debe ser renovado cada tres años durante su Congreso Nacional ordinario, el cual no se ha concretado desde 2015, en tanto, los últimos cambios estatutarios fueron hace tres años, en los que se aprobó la creación del Instituto Nacional de Formación Política, pero sin afinar sus procesos de renovación de la dirigencia partidaria, ni de selección de candidatos.