Política
Ver día anteriorLunes 19 de julio de 2021Ver día siguienteEdiciones anteriores
Servicio Sindicado RSS
Dixio

Apremian al Congreso de la Unión

La falta de reglas para la consulta indígena atasca casos en la Corte
 
Periódico La Jornada
Lunes 19 de julio de 2021, p. 11

La falta de una ley que norme la consulta indígena limita el ejercicio de los derechos de los pueblos originarios y los obliga a llevar sus casos hasta la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), donde en los pasados seis años se han acumulado 20 litigios sobre este tema, y sólo ocho han sido resueltos.

El problema data de hace más de dos décadas, cuando se aprobaron reformas constitucionales sobre derechos indígenas, las cuales incluyeron un artículo transitorio que ordena: al entrar en vigor estas reformas, el Congreso de la Unión y las legislaturas de las entidades federativas deberán realizar las adecuaciones a las leyes que procedan y reglamenten lo aquí estipulado. Esta obligación deriva también de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo; sin embargo, la emisión de dicha ley aún sigue pendiente.

La consulta indígena ha sido hasta ahora la herramienta jurídica más útil de los pobladores para plantear su posicionamiento ante obras públicas, concesiones mineras, proyectos de explotación eléctrica y de hidrocarburos, así como leyes generales, federales y estatales, que afectan directamente sus intereses.

El mes pasado, la SCJN otorgó un amparo promovido por las comunidades zapotecas de San Sebastián Tutla, Oaxaca, reconociendo la omisión en la que ha incurrido el Congreso de la Unión al no emitir una norma reglamentaria sobre el derecho de consulta, y ordenó que esta nueva ley se apruebe antes de que concluya 2021.

Aunque este derecho ya ha sido incorporado a Ley de Planeación y otras sobre temas estrictamente indígenas, no existe ninguna norma que se aplique a la generalidad de los temas, lo cual restringe su ejercicio, según advirtió el ministro Fernando Franco González Salas, en el proyecto del caso de Tutla: Lo cierto es que el ejercicio del derecho de consulta no debe estar limitado a esos ordenamientos, pues las comunidades y pueblos aludidos deben contar con tal prerrogativa, también cuando se trate de procedimientos legislativos cuyo contenido verse sobre derechos de los pueblos indígenas.

Aunque desde abril pasado la Cámara de Diputados aprobó el dictamen de la Ley General de Consulta de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, aún no ha sido avalado por el Senado.

Este dictamen ha sido criticado debido a que deja en manos del gobierno federal los protocolos para realizar el levantamiento de las opiniones, lo cual debería ser establecido por las propias comunidades originarias, según han señalado algunos de sus dirigentes.

Acción de pueblos mayas

Al respecto, mayas de Kinchil, Celestún y San Fernando se han propuesto organizar su propia consulta, con el propósito de manifestar su oposición a los proyectos de megagranjas porcícolas que son altamente contaminantes.