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Transferencia de 12 mil mdd del FMI no es una donación: Citibanamex
 
Periódico La Jornada
Miércoles 25 de agosto de 2021, p. 21

Es inviable utilizar los 12 mil millones de dólares que recibió México del Fondo Monetario Internacional (FMI) para pagar parte de la deuda del país, pues no representan una donación ni son un activo de uso irrestricto y libre de costo, advirtió Citibanamex.

En un análisis realizado por su área de estudios económicos, precisó que los derechos especiales de giro (DEG) que transfirió ayer el FMI por el equivalente a 12 mil 117 millones de dólares al país son activos financieros creados para fortalecer las reservas internacionales y no una moneda de curso legal.

El FMI asignó este lunes a sus países miembros 457 mil millones de DEG, la unidad de cuenta en que opera el organismo y que se conforma a partir de varias divisas, unos 650 mil millones de dólares, repartidos de acuerdo con la cuota que cada uno de ellos tiene en el organismo. Ante la crisis derivada de la pandemia de Covid-19 se espera que el monto dé gran margen de acción a las autoridades financieras locales, que pueden usar estos recursos de acuerdo con la regulación nacional vigente.

Los nuevos DEG no representan una donación ni son un activo de uso irrestricto y libre de costo. La transferencia que se hizo al Banco de México, que es el agente fiscal del Estado mexicano frente al FMI, formarán parte de la reserva internacional, planteó Citibanamex.

Hay una propuesta del presidente Andrés Manuel López Obrador para que dicha transferencia sea utilizada para el pago de la deuda por lo que el Ejecutivo realizará un planteamiento formal al banco central para que el dinero forme parte de las arcas públicas sin que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) tenga que pagar en pesos al BdeM por esos recursos.

La ley que establece la autonomía del Banco de México respecto del gobierno federal, y en particular en lo relativo a préstamos o transferencias de reservas del primero al segundo, torna inviable dicha iniciativa.

Destacó que la Constitución establece en el artículo 28 que ninguna autoridad podrá ordenar al BdeM conceder financiamiento y, adicionalmente, más allá del objetivo específico de la reserva internacional señalado por la propia ley del banco central, la ley también prohíbe el otorgamiento de crédito al gobierno federal y limita cualquier otra transferencia de recursos al gobierno con excepción a lo que correspondería, en su caso, al remanente de operación.

No se trata entonces de convencer al banco central o que la Comisión de Cambios (organismo que preside la SHCP y cuyo secretario tiene el voto de calidad en caso de empate en las decisiones que toman sus miembros) instruya al BdeM a entregar sin contrapartida a Hacienda lo equivalente a los DEG recibidos por México, dado que la ley lo impide.

Los DEG no son un ingreso extraordinario para el sector público, como el que podría derivarse, por ejemplo, a raíz del hallazgo de un pozo de petróleo. En este sentido, la propuesta y su conclusión son similares a otra iniciativa que hizo el presidente al inicio de la pandemia en México y no pudo llevarse a cabo: la entrega anticipada del remanente de operación, sostuvo.