n 1944 se constituyó el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Secretaría de Salubridad y Asistencia que, con el cambio a Secretaría de Salud (1985), instaló el actual Sindicato Nacional de Trabajadores de la Secretaría de Salud (SNTSA). Desde entonces esta representación –intensamente corporativa– buscó que todos los profesionales sanitarios alcanzaran nombramiento de base definitiva después de haber laborado –un periodo de prueba– durante seis meses con un día. Una vez cumplido, habría acceso pleno a prestaciones y derechos de la seguridad social.
Así se respetaban artículos (6,15,43 y 62) de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado (reglamentaria del apartado B del artículo 123 constitucional) y artículos (14,15,16,17 y 20) de las condiciones generales de trabajo (CGT).
No obstante lo cual, con la imposición (2004) del afortunadamente extinto Seguro Popular, el SNTSA incluyó en las CGT las figuras de trabajadores regularizados y formalizados
y consagró la precarización laboral de los profesionales de la salud.
Esta precarización no es independiente de la suerte que ellos han corrido en la pandemia de Covid-19. Ni el SNTSA, FSTSE, ni el SUTGCDMX protestaron tampoco cuando la tecnocracia neoliberal les respetaba 50 por ciento en la bipartición de plazas, aunque ellas fueran regularizadas
o formalizadas
. Es decir: cuasibases.
Lamentablemente, la 4T –vía Insabi– no camina para resolver de fondo esta anomalía laboral (Cfr. al respecto Nota Aclaratoria-Insabi de 13/9/21). Incluso, con Galenos Salud (CDMX) para negar los nombramientos de base definitivos, sus autoridades (con Sergio López Montesinos) fomentan tramposamente la franca confusión entre derechos sindicales con lo que presumen como lucha contra la corrupción sindical
.
En abril de 2021, la Gaceta Parlamentaria (Diputados) publicó una reforma a la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado que deroga el artículo 23 y abre la puerta al registro de nuevos sindicatos y confederaciones. Aunque existen ya nuevos sindicatos de profesionales de la salud, sigue pendiente la regularización sin basificación que promueve la 4T. ¿Para qué crear nuevos sindicatos que propondrán lo mismo? ¿Estas nuevas organizaciones/confederaciones lograrán que la 4T deje de identificar basificación con corrupción, respetando la ley y otorgando el nombramiento de base definitiva a 100 por ciento de los trabajadores regularizados, formalizados y de Galenos Salud?
Porque en el punto 5 (apartado b) de los Criterios de Operación del Programa de Atención a la Salud y Medicamentos Gratuitos para la Población sin Seguridad Social Laboral para el ejercicio fiscal 2021, denominado concepto de gasto de los recursos presupuestarios federales transferidos
se especifican las remuneraciones al personal médico, paramédico y afín y se consigna que él deberá contar con seguridad social y las prestaciones establecidas en la ley aplicable
.
Es evidente que no se alude a la ley Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado. Por tanto, los profesionales de la salud no tienen garantizado acceso pleno a los beneficios de la seguridad social.
Siguiendo el artículo 77 bis 15 de la Ley General de Salud –que deja a libre albedrío los términos de los acuerdos de coordinación entre las entidades federativas y el Insabi como representante del gobierno federal–, es claro que los trabajadores contratados con recursos Insabi –vía los sistemas estatales de salud– difícilmente obtendrán un nombramiento de base definitiva.
Ello por cuanto a la fracción X de artículo 77 bis 35 de la Ley General de Salud, desgraciadamente omite el artículo 6 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado. Y en esta fracción se establece proponer –con sujeción a los recursos disponibles– programas de regularización del personal profesional, técnico y auxiliar para la salud que participe en la prestación de los servicios y en el que se consideren, entre otros, la antigüedad y el desempeño.
Así que cualquier nuevo sindicato que pretenda atraer y afiliar a los profesionales de la salud buscando desplazar a la vieja guardia del sindicalismo corporativo tradicional, deberá obligadamente modernizar su oferta y pugnar abiertamente por corregir el vicio de origen que da lugar al apartado laboral del Insabi.
Y es que el instituto nunca asumió, en la base de su relación laboral, la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado. Lo cual comprometió de entrada la promesa de campaña de AMLO respecto a la basificación.
Esos nuevos sindicatos están necesariamente obligados a modernizar los profesiogramas que encarnan sus respectivas (CGT) sin la costosa complicidad sindical que sólo contribuyó a precarizar el mundo laboral de los jóvenes profesionales de la salud que impuso indiscriminadamente el Seguro Popular. Porque, como señala el Movimiento de Sindicatos de la 4T ( La Jornada, 5/8/21), regularización no es basificación.
* Universidad Autónoma Metropolitana-Xochimilco