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Revisará SCJN amparo para que obtengan registro los hijos de migrantes nacidos aquí
 
Periódico La Jornada
Viernes 8 de octubre de 2021, p. 13

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aceptó revisar un amparo para que se homologue el funcionamiento de los registros civiles de todo el país, a fin de facilitar la expedición de actas de nacimiento de los hijos de migrantes nacidos en México.

El amparo fue promovido por el Instituto Federal de Defensoría Pública en representación de los niños nacidos en territorio mexicano, hijos de personas migrantes sujetas a protección internacional.

Denuncia la omisión en que ha incurrido desde 2017, el Congreso de la Unión al no haber emitido la ley reglamentaria del artículo 73, fracción XXIX-R, de la Constitución que le ordena expedir las leyes generales que armonicen y homologuen la organización y el funcionamiento de los registros civiles, los registros públicos inmobiliarios y de personas morales de las entidades federativas.

La falta de esta ley ha permitido que cada entidad del país tenga diferentes normas, muchas de las cuales evitan que los niños nacidos en el país hijos de personas migrantes puedan obtener su acta de nacimiento con la nacionalidad mexicana, a la que tienen derecho.

Trato discriminatorio

El juez octavo de distrito en materia administrativa de la Ciudad de México, Marín Adolfo Santos Pérez, concedió el amparo considerando el problema de trato sistemático que existe, en perjuicio de los migrantes, por parte del Estado y de las autoridades mexicanas, que conlleva un trato discriminatorio por su estatus migratorio, ordenó que las cámaras de diputados y senadores armonicen y homologuen la organización y funcionamiento de los registros civiles de todo el país para terminar con esta ­situación.

Sin embargo, en mayo pasado la Cámara de Senadores interpuso un recurso de revisión, el cual fue asignado al segundo tribunal colegiado en materia administrativa, el cual, ante la novedad y trascendencia del caso, solicitó a la SCJN que lo atrajera.

La solicitud de ejercicio de facultad de atracción quedó registrada en el máximo tribunal, con el número 407/2021, donde se resolverá en las próximas semanas.