Martes 23 de agosto de 2022, p. 8
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la reforma a la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, que impedía controvertir ante al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) decisiones del gobierno interno del Congreso de la Unión. Este cambio legal se hizo a raíz del litigio emprendido por Movimiento Ciudadano para ser incluido en la Comisión Permanente.
El ministro ponente, Luis María Aguilar Morales, indicó que la norma impugnada es sobreinclusiva, pues no limita sus alcances, lesionando los derechos políticos de los legisladores.
Es inconstitucional por vulnerar el derecho de tutela judicial efectiva y el orden democrático mexicano, ya que esta norma contiene una prohibición que impide al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ejercer su función de proteger los derechos político-electorales de los parlamentarios
, advirtió.
La ministra Norma Lucía Piña Hernández se sumó a la mayoría al señalar que la norma impugnada lesiona los principios democráticos al discriminar a las minorías parlamentarias.
Avalar esta reforma implicaría una afectación importante a los derechos políticos de las minorías parlamentarias, cualquiera que sea, toda vez que los órganos de gobierno del Congreso de la Unión, gobernado normalmente por las mayorías, tendrían una facultad discrecional para limitar la participación de sus integrantes en la Comisión Permanente u otros órganos del Congreso, no obstante que muchos de éstos, como lo es la Comisión Permanente, son órganos de representación y no de gobierno
, explicó Piña.
En este punto coincidió la ministra Margarita Ríos Farjat, quien añadió que la norma impugnada no sólo lesionaba los derechos de los legisladores, sino también los de los ciudadanos que representan.
Me parece que eso no es ajeno a lo que los ciudadanos esperan de sus representantes; entonces, por supuesto que hay una vulneración a sus derechos políticos, pero creo que también hay una afectación a la sociedad en general, en una república representativa y democrática
, sentenció.