Jueves 13 de octubre de 2022, p. 6
El presidente Andrés Manuel López Obrador y la jefa de Gobierno capitalino, Claudia Sheinbaum, entre otros, divulgaron propaganda con contenido calumnioso, al referirse como traidores a la patria
a integrantes del Legislativo que votaron en contra de la reforma eléctrica, confirmó la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
Con la resolución anterior se ratifica el criterio de la Sala Especializada del TEPJF, de que la calumnia electoral
no está protegida por la libertad de expresión.
Sin embargo, al mismo tiempo se ordenó a los magistrados de origen estudiar y pronunciarse sobre las denuncias relativas a supuesta violencia política e institucional, falta de derecho a réplica y medidas de satisfacción y no repetición.
La sentencia involucra también al dirigente, secretaria y vocero de Morena, así como al coordinador de los diputados de ese partido.
Desde abril pasado, el PAN y legisladores federales presentaron las quejas en contra de servidores públicos e integrantes de Morena.
En la sesión de ayer, presencial después de dos años y siete meses de desahogar los asuntos por videoconferencia, los cuatro magistrados asistentes, de siete que integran la Sala Superior, avalaron el criterio central de la Sala Especializada relativo a que las legisladoras a quienes se les llamó traidoras a la patria no tienen una sentencia como responsables de ese delito, incluido en el código penal federal.
Es grave imputar delitos a quienes opinan distinto
La magistrada ponente, Janine Otálora, aseguró que es grave e inaceptable imputar delitos a quien opina o vota distinto, porque con ello se contraviene el ejercicio de libertad política de los legisladores.
Subrayó que esas conductas y amenazas van en contra de la pluralidad política y de los principios esenciales de la democracia. Acusar calumniosamente de traición a la patria, a quienes piensan distinto, es tratar de acallar el diálogo, la crítica y al final, a la misma democracia
, sentenció. La magistrada puntualizó que las conductas en cuestión fueron divulgadas en una campaña sistemática en redes sociales, así como en propaganda impresa.
Más adelante, la Sala Superior confirmó otra sentencia de la Especializada, la cual determinó la inexistencia de actos anticipados de precampaña y/o campaña y uso indebido de recursos públicos atribuidos por el PRD en contra de Sheinbaum y los entonces aspirantes de Morena a la gubernatura del estado de México.
En otro asunto, el TEPJF ratificó la sanción impuesta por la Sala Especializada a concesionarias públicas de radio y televisión que vulneraron el modelo de comunicación política al transmitir de manera íntegra la conferencia de prensa mañanera del Presidente López Obrador, del 19 de julio de 2021, en la que se difundió propaganda gubernamental en periodo prohibido, toda vez que estaba en curso la consulta sobre juicio a ex presidentes.
El material divulgado se relaciona con un informe sobre la entrega de pensiones a adultos mayores.