Jueves 22 de diciembre de 2022, p. 9
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) modificó su criterio ante las denuncias por el reparto de propaganda en forma de tarjeta, para recibir a futuro programas sociales.
Aunque con anterioridad había desestimado denuncias similares, ayer determinó que los partidos deben cuidar estos materiales para evitar incidir en personas en condiciones de necesidad con la expectativa de ser beneficiados con apoyos económicos, ya que es una forma de mercantilizar el voto
.
El cambio de criterio fue parte del dictamen con que resolvió que el ex candidato del PRI-PRD a la gubernatura de Nuevo León, Adrián de la Garza, incurrió en coacción al voto por este tipo de propaganda.
Reyes Rodríguez Mondragón, magistrado presidente del TEPJF, explicó que en denuncias anteriores, la sala superior había determinado que para acreditar la coacción al voto debía confirmarse la existencia de un padrón de beneficiarios.
Sin embargo, y a partir de una nueva reflexión
, apuntó que es necesario cambiar el criterio sobre este tipo de propaganda, a fin de evitar que en futuros procesos electorales se distribuya material que tiene el objetivo, me parece claro en este caso, de incidir en personas con condiciones de necesidad, interviniendo en la formación de preferencias con expectativas de una mejora o de ser beneficiarios de un apoyo económico
. También se busca desincentivar malas prácticas, en las que los actores políticos utilizan la situación de necesidad de una parte vulnerable de la sociedad para ese beneficio electoral
.
La propuesta fue respaldada por la mayoría de los integrantes de la sala superior; únicamente el magistrado José Luis Vargas votó en contra. El fallo señala, respecto a la falta cometida por el ex candidato, que el tribunal local debe acreditar la coacción del voto, identificar a los responsables e imponer una sanción.
Además, el TEPJF confirmó por unanimidad que el dirigente de Morena, Mario Delgado, y este partido político incurrieron en difusión de propaganda con contenido calumnioso
. El fallo ya había sido emitido por la sala especializada, luego que una legisladora denunció que el morenista llamó traidores a la patria
a quienes votaron contra la reforma eléctrica. Aunque el partido guinda presentó una impugnación, el tribunal acreditó que Delgado difundió propaganda calumniosa. La sala superior aclaró que no se puede impugnar a personal de comunicación que también había sido señalado.