El ordenamiento beneficia también a establecimientos mercantiles de bajo impacto de hasta 200 metros cuadrados
Miércoles 22 de marzo de 2023, p. 32
Los restaurantes que operan sin certificado de uso de suelo podrán regularizar su situación con sólo demostrar que tienen al menos cinco años funcionando de manera ininterrumpida, anunció ante empresarios del ramo el titular de la Secretaría de Desarrollo Urbano (Seduvi) de la Ciudad de México, Carlos Ulloa Pérez.
Para tal efecto, el gobierno capitalino realizó una reforma al reglamento de la Ley de desarrollo urbano local en la que se establece que para obtener el documento por reconocimiento de actividad sólo se deberá presentar algún documento que pruebe dicha operación como las licencias sanitaria, ambiental única, de construcción, de funcionamiento o aviso de terminación de obra y autorización de uso o escrituras.
Además, la modificación al artículo 15bis del citado ordenamiento elimina la entrega de la cuenta de predial o de agua a nombre del titular del negocio como requisito obligatorio para obtener dicho certificado.
Lo anterior aplica también para otros establecimientos mercantiles de bajo impacto de hasta 200 metros cuadrados, como tiendas, farmacias y estéticas; así como de impacto vecinal, como salones de fiestas, hospedaje, clubes privados, cines, teatros y auditorios; además de centros educativos con una superficie de hasta 4 mil metros cuadrados.
En la conferencia de prensa, Ulloa Pérez aclaró que el certificado de uso de suelo que se entregue no es transferible y corresponde únicamente a la persona que lo tramitó y no da origen a derechos adquiridos.
Ayer por la noche se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el decreto por el que se reforma el mencionado reglamento, por lo que entrará en vigor a partir de hoy.